Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2019 (26/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 26 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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23 al 27.09.2019, en Incheon / Seúl, República de Corea, debiendo viajar el 21.09.2019 y retornar el 29.09.2019; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 9° numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, es atribución del Concejo Municipal: "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 45-2019-ACSS del 19.06.2019, el Concejo Municipal, aprobó la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio del Interior y Seguridad de la República de Corea, la Zona de Libre Comercio de Incheon, el Ministerio del Interior de la República del Perú y la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, cuyo objetivo es el desarrollo del Proyecto Piloto de Ciudad Inteligente, denominado "Mejoramiento y ampliación de los Servicios de Seguridad Ciudadana en el distrito de Santiago de Surco- Provincia de Lima -- Departamento de Lima". Que, con D.S. N° 2479582019, la Agencia de la Sociedad de la Información (NIA), Organización adscrita al Ministerio del Interior y Seguridad de la República de Corea, en virtud del Convenio suscrito, invita al Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, para participar en el Programa de Capacitación del Centro de Cooperación de Gobierno Electrónico Corea - Perú. En dicha invitación se señala que el Gobierno de Corea asume todos los gastos como boleto económico de ida y vuelta, alojamiento, transporte interno, visitas al campo, seminarios y alimentación; Que, mediante Carta N° 165-2019-A-MSS del 06.09.2019, el Alcalde solicita licencia para viajar en calidad de Comisión de Servicios a la ciudad de Seúl, República de Corea del 21 al 29.09.2019; y participar en el evento denominado Programa de Capacitación del Centro de Cooperación de Gobierno Electrónico Corea ­ Perú, y que de conformidad a la normatividad vigente se encargue el despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde Wildex Alberto Arteaga Horna; Que, con Memorándum N° 2078-2019-MSS del 11.09.2019, la Secretaría General señala que la invitación formulada por la República de Corea, se dirige directamente a compartir casos de éxito en el mejoramiento de problemas sociales a través del TIC y ofrecer las oportunidades para establecer estrategias de desarrollo que puedan ser aplicadas en la jurisdicción de Santiago de Surco, dentro del marco del Convenio de Cooperación suscrito; por lo que es importante participar de este evento para obtener los conocimientos y experiencias que nos permitan formular, diseñar e implementar políticas y programas en beneficio de la administración municipal y la ciudad; Que, mediante Informe Nº 773-2019-GAJ-MSS del 11.09.2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la Ley que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos- Ley N° 27619, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, establecen de manera monocorde que los viajes al extranjero de funcionarios, debe sustentarse necesariamente en el interés específico de la Institución, requisito sine quanon que se cumple en el presente caso; Que, en este sentido la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que legalmente es viable autorizar el viaje al extranjero del Alcalde de Santiago de Surco, señor Jean Pierre Combe Portocarrero, para que bajo la modalidad de comisión de servicios, participe en el "Programa de Capacitación del Centro de Cooperación de Gobierno Electrónico Corea - Perú", a realizarse en la ciudad de Incheon / Seúl - Corea del 21 al 29 de setiembre de 2019; indicándose que la presente autorización no causará gasto alguno al Presupuesto de la Municipalidad de

Santiago de Surco; Que, con Memorándum Nº 616-2019-GM-MSS del 12.09.2019, la Gerencia Municipal manifiesta su conformidad, a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicios del señor Alcalde, la misma que se fundamenta en la Carta N° 165-2019-A-MSS de Alcaldía, en el Memorándum N° 2078-2019-MSS de la Secretaría General y en el Informe Nº 773-2019-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, el primer párrafo del Artículo 24° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: "En caso de vacancia o ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral"; Estando al Informe Nº 773-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en calidad de comisión de servicios, al señor JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO, Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, desde el 21 al 29 de setiembre del 2019, con la finalidad de participar en el "Programa de Capacitación del Centro de Cooperación de Gobierno Electrónico Corea - Perú; a realizarse en la ciudad de Incheon / Seúl, República de Corea. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos del viaje son asumidos íntegramente por los organizadores del evento, no irrogando egreso al presupuesto institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Teniente Alcalde señor WILDEX ALBERTO ARTEAGA HORNA, el Despacho de la Alcaldía, del 21 al 29 de setiembre del 2019. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1810729-1 ACUERDO DE CONCEJO N° 78-2019-ACSS Santiago de Surco, 13 de setiembre del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Memorándum N° 2079-2019-SG-MSS de la Secretaría General, el Informe Nº 774-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 615-2019-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el DS Nº 2479892019 de la Invitación de la National Information Society Agency (NIA) Organización adscrita al Ministerio de Interior y Seguridad de la República de Corea, realizada al Secretario General (e) señor Luis Eduardo Paniccia del Pino para participar en el Programa de Capacitación del Centro de Cooperación de Gobierno Electrónico de Corea ­ Perú, a realizarse del 23 al 27 de Setiembre del 2019, en Incheon / Seúl, República de Corea, debiendo viajar el día 21.09.2019 y retornar el 29.09.2019; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes

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