Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2020 (18/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 18 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

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EDUCACION
Designan Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 075-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 17 de abril de 2020 VISTOS: El Expediente N° 0015391-2020, el Informe N° 231-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED y a través de la Resolución Ministerial N° 619-2018-MINEDU, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, en el cual el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del PRONIED, se encuentra calificado, como cargo de confianza; Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado mediante Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del PRONIED se encuentra vacante, habiéndose encargando dichas funciones al señor Wilder Jonathan Warthon Yaile, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 074-2020- MINEDU/ VMGI-PRONIED, por lo que resulta necesario designar al titular del cargo en mención; Que, la Dirección Ejecutiva, mediante el Memorado N° 066-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED ha propuesto al señor Wilder Jonathan Warthon Yaile para ser designado en el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del PRONIED; Que, la Unidad de Recursos Humanos, a través del Informe N° 231-2020-MINEDU/VMGI-PRONIEDOGA-URH manifiesta que, revisada la hoja de vida documentada del profesional propuesto, concluye que cumple con los requisitos para el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, de acuerdo a lo establecido en el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aplicable al Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED y que no cuenta con impedimento para trabajar en el estado; Que, en atención a lo señalado resulta necesario emitir el acto administrativo a través del cual se dé por concluida la encargatura de funciones otorgadas y se designe al servidor que ejercerá como titular del cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modificado por la Ley N° 29849; su Reglamento aprobado por Decreto

Supremo N° 075-2008-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado con Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva N° 331-2016-MINEDU/ VMGI-PRONIED; con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Administración, y de la Unidad de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la encargatura del señor Wilder Jonathan Warthon Yaile en el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED. Artículo 2°.- Designar al señor Wilder Jonathan Warthon Yaile en el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, cargo considerado de confianza en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED. Artículo 3°.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal que correspondan. Artículo 4°.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED (www.pronied.gob.pe), y disponer su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODRIGO AURELIO GARCÍA-SAYAN RIVAS Director Ejecutivo Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED 1865601-1

INTERIOR
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 006-2020-IN DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1458, DECRETO LEGISLATIVO PARA SANCIONAR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES EMITIDAS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA A NIVEL NACIONAL Y DEMÁS NORMAS EMITIDAS PARA PROTEGER LA VIDA Y LA SALUD DE LA POBLACIÓN POR EL CONTAGIO DEL COVID-19 Mediante Oficio N° 000353-2020-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 006-2020-IN, publicado en la edición del día 15 de abril de 2020. Página 8 DICE: Artículo 14. Plazo para el pago El plazo para cancelar la multa impuesta no excede de cinco (5) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la fecha de notificación del acto administrativo de sanción, debiendo realizarse en las ventanillas del Banco de la Nación. Culminado dicho plazo, el pago se solicita de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y su Reglamento.

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