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22 NORMAS LEGALES Sábado 18 de abril de 2020 / El Peruano VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 081-2020-VIVIENDA Lima, 17 de abril del 2020VISTOS: El Memorando Nº 088-2020/VIVIENDA- SG-OGC, de la O fi cina General de Comunicaciones (OGC), el Informe N° 018-2020/VIVIENDA-SG-OGC-OII de la O fi cina de Imagen Institucional; el Memorándum N° 576-2020-VIVIENDA/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° 075-2020-VIVIENDA/OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; y el Informe N° 142-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal tiene como objetivos establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; así como, fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; Que, el artículo 3 de la citada Ley señala que bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal se debe contar, entre otros, con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el literal a) del artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establece que la O fi cina General de Comunicaciones es la competente para proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos y estrategias de comunicación y de publicidad del MVCS;Que, mediante los documentos de Vistos la OGC en el marco de sus funciones propone el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en cuyo texto se detallan las campañas publicitarias a realizar en el año 2020, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; Que, mediante el Memorándum de Vistos, la OGPP emite opinión favorable respecto del Plan mencionado en el considerando anterior, al encontrarse alineado a los planes estratégicos, contribuir al logro de los Objetivos Estratégicos Institucionales y contar con la correspondiente disponibilidad presupuestaria para el desarrollo del referido Plan; Que, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, resulta atendible aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2 .- Coordinación y supervisión del Plan de Estrategia Publicitaria Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RODOLFO YÁÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1865618-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES