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39 NORMAS LEGALES Sábado 18 de abril de 2020 El Peruano / Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por Mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19 EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- INCORPORAR nuevos códigos de infracción en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas contenido en la Ordenanza Nº 422-MVES, conforme al Anexo 01 de la presente Ordenanza, dichos códigos tendrán vigencia mientras dure el Estado de Emergencia Nacional establecido mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, ampliado por los Decretos Supremo Nº 051-2020-PCM y Nº 064-2020-PCM o ampliaciones posteriores o la que corresponda al periodo de Emergencia Sanitaria dictada con Decreto Supremo Nº 008-2020- SA y ampliaciones que pudiesen ser dictadas con posterioridad. Artículo Segundo.- PRECISAR conforme al artículo 28º del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, la suspensión por el término de treinta (30) días hábiles, del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad seguidos bajo los alcances de la Ordenanza Nº 394-MVES, Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo y se tramiten en esta corporación edil, la misma que deberá regirse con e fi cacia anticipada, cobrando vigencia desde el 21 de Marzo del 2020. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinación con todas las unidades orgánicas de la Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial El Peruano, la cual regirá a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la presente Ordenanza en el portal web institucional (www.munives.gob.pe), en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) en la misma fecha de la publicación o fi cial. DISPOSICION FINAL Unica Disposición Final.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y de ejecución necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como ampliar y/o prorrogar los plazos establecidos en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde ANEXO I CODIGOS QUE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19 EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Código INFRACCION% UITSUJETO A BENEFICIOMEDIDAS COMPLE- MENTARIAS 08-100 MERCADOS, SUPERMERCADOS Y CENTROS DE ABASTOS 08-101Por atender al público sin emplear mascarillas, ni guantes, durante la Emergencia Sanitaria.1 UITNOClausura temporalCODIGOS QUE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19 EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Código INFRACCION% UITSUJETO A BENEFICIOMEDIDAS COMPLE- MENTARIAS 08-102Por brindar acceso y/o atención al público, a excepción de los siguientes rubros: Venta de alimentos de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, venta de productos ortopédicos, venta de productos higiénicos, y cualquier otra actividad de naturaleza análoga a las señala- das o que deban realizarse por caso fortuito o fuerza mayor; durante el Estado de Emergen- cia Nacional.3 UITNOClausura temporal 08-103Por no implementar elementos para el lavado de manos (agua y jabón u otro semejante) en los servicios higiénicos, durante la Emergencia Sanitaria.50% UITNOClausura temporal 08-104Por brindar acceso y/o atención al público; durante las horas de Inmovilización Social Obligatoria.1 UITNOClausura temporal 08-105Por no reducir el aforo dentro del establecimiento al 50% del autorizado mediante licencia de funcionamiento correspondi- ente, durante la Emergencia Sanitaria.2 UITNOClausura temporal 08-106Por permitir, dentro del establec- imiento, aglomeraciones y/o no controlar que los consumidores y comerciantes mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro, a fi n de evitar posibles contagios; durante el Estado de Emergencia Na- cional.1 UITNOClausura temporal 08-107Por no fumigar mínimo un día por semana, en interiores de los centros de abastos y/o mercados; mientras dure la emergencia sanitaria1 UITNOClausura Temporal 08-200 ESPECTACULOS PUBLICOS Y/O PRIVADOS 08-201Por realizar espectáculos públi- cos y/o privados, de cualquier naturaleza (actividades cultura- les, deportivas, de ocio, otros), durante el periodo de Estado de Emergencia Nacional.3 UITNOClausura temporal/ Retención/ decomiso. 08-202Por publicitar, vender u otorgar entradas de la actividad o espectáculo programado a realizarse dentro del territorio del distrito de Villa El Salvador, durante el periodo de Estado de Emergencia Nacional.1 UITNOClausura temporal/ Retención/ decomiso. 08-203Por permitir la utilización de canchas sintéticas y/o similares, para la práctica deportiva, du- rante el Estado de Emergencia Nacional.2 UITNOClausura temporal 08-300 ESTABLECIMIENTOS 08-301Por atender al público sin emplear mascarillas, ni guantes; durante la Emergencia Sanitaria1UIT NOClausura temporal 1865600-1