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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (02/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Domingo 2 de agosto de 2020 El Peruano / del Área de Tratamiento Normativo II, la zoni fi cación es CZ Comercio Zonal, aprobada por Ordenanza Nº 893; Que, mediante Ordenanza Nº 1861 publicada en el Diario El Peruano el 28 de diciembre de 2014, Establece y Regula los Instrumentos Técnicos y Normativos para la Recuperación Urbana de la Zona de Reglamentación Especial – ZRE “Zona de Manzanilla”. Dentro del ámbito de intervención de dicha ordenanza se involucra el “área a expropiar por La Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, para el Acceso a las Vías del Metro” involucrada en el SECTOR 1 y el área a expropiar se encuentra establecida en el Plano Nº 3 de la Ordenanza antes mencionada; Que, mediante Cartas Nº 199 y 208-2015-MTC/33.8 ambas de fecha 23 de julio de 2015 emitidas por la Gerencia Unidad Gerencial de Infraestructura de La Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, indican que los inmuebles ubicados en la Av. Aviación 198-B y Calle Parque Alicia Lastres de La Torre Nº 115, Cercado de Lima, no se encuentran dentro de las áreas requeridas para la ejecución del proyecto. Por lo que en consecuencia no se requerirá la propiedad para la ejecución del proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao; Que, conforme al artículo 6 de la Ordenanza Nº 1861, se establece que en el ámbito de los Sectores 1,2,3,4,5 y 6 de Manzanilla serán de aplicación en lo que corresponda las Normas Generales de Usos del suelo según detalle. a) SECTOR 1: Comercio Zonal, se exceptúa el área a expropiar por AATE para acceso a las vías del Metro, el cual conservará los usos aprobados mediante la Ordenanza Nº 893 publicada el 27 de diciembre de 2007, hasta que se culmine el proceso de expropiación luego de lo cual tendrá uso de Recreación Pública (Zona de Recreación Pública); Que, según Certi fi cado de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios Nº 010-2015-MML-GDU-SPHU-DC de fecha 09 de enero de 2015, emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el inmueble ubicado en las Av. 28 de Julio cuadra 27 con la Av. Aviación y el Jirón Feliciano de La Vega, Cuadra 27 (Lote B-Mz.19-A) Ex Tacora de la Urb. Manzanilla, Cercado de Lima, (correspondiente a la zona del recurso) del Área de Tratamiento Normativo II, la zoni fi cación es ZRP Zona de Recreación Pública, aprobada por Ordenanza Nº 1861; Que, según Informe Nº 338-2019-MML-GDU- SPHU-DP de fecha 05 de setiembre de 2019 elaborado por la Jefatura de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que es de la opinión que se remita los actuados al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, con la fi nalidad que se determine si existió un error material que generó la confusión en el Plano de Zoni fi cación del Cercado de Lima, de ser el caso se oriente de o fi cio la presente solicitud de recti fi cación de zoni fi cación de la manzana ubicada entre la Av. 28 de Julio cuadra 26 y 27, Jr. Agustín Gamarra cuadra 3 y Pasaje Feliciano de La Vega cuadra 27, Cercado de Lima en virtud a lo establecido en la Resolución de Alcaldía Nº 026 de fecha 24 de enero de 2018, que aprueba la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU; Que, con O fi cio Nº 1240-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 05 de setiembre de 2019, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite lo actuado al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP para que en uso de sus competencias se evalúe y se emita opinión correspondiente, el cual una vez opinado, adjunto a al informe deberán de ser remitidos a la Comisión Metropolitana de Desarrollo urbano Vivienda y Nomenclatura; Que, con O fi cio Nº 0076-20-MML-IMP-DE de fecha 20 de enero 2020, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, remite el Informe de Recti fi cación de Plano de Zoni fi cación Nº 002-2020-MML- IMP-DE/DGPT de fecha 13 de enero de 2020, elaborado por la Dirección General de Plani fi cación Territorial, la misma que emite opinión técnica FAVORABLE a la Recti fi cación de Zoni fi cación del Plano de Zoni fi cación del Cercado de Lima y recomienda corregir la gra fi cación, de acuerdo con el grá fi co que se adjunta al informe antes mencionado. Dicha recti fi cación está basada según el artículo 8. Recti fi cación de O fi cio, de la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU, aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 026; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 028-2020-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ORDENANZA QUE APRUEBA RECTIFICAR LA ZONIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CERCADO DE LIMA APROBADO POR ORDENANZA Nº 893 Artículo 1. Aprobar de O fi cio, la Recti fi cación de Zoni fi cación del Plano de Zoni fi cación del Cercado de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 893 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 27 de diciembre de 2005, precisando la cali fi cación de Comercio Zonal – CZ para la zona del recurso ubicada en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima (SECTOR 1 según Ordenanza Nº 1861) conforme al grá fi co del Anexo Nº 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar, al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el Plano de Zoni fi cación del Cercado de Lima, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Disponer la noti fi cación de la presente Ordenanza a los administrados. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1874562-1 Ordenanza sobre la Zona de Reglamentación Especial de los Pantanos de Villa (ZRE PV) ORDENANZA Nº 2264 Lima, 29 de julio de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; En uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 082-2020-MML-CMDUVN de fecha 24 de junio de 2020, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; Aprobó la siguiente: