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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (14/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Lunes 14 de diciembre de 2020 El Peruano / Hyundai Pusan Newport, Sun Kwang Newport Container Terminal, Kao Ming Container Terminal KMCT y South Asia Pakistan Terminals: Tarifa máxima propuesta por APMT* para el servicio de Pre-enfriado de contenedor vacío Servicio Especial Unidad de cobroTarifa máxima (En USD, sin IGV) Pre-enfriado de contenedor vacío Por contenedor 39,80 Fuente: Propuesta Tarifaria de APMT. PROPUESTA DE OSITRÁN Según el artículo 5 del RETA, es competencia exclusiva de Ositrán: (i) la fi jación, revisión o desregulación de Tarifas Máximas, (ii) el establecimiento de reglas para la aplicación de los reajustes de las tarifas y (iii) el establecimiento de sistemas tarifarios que incluyen las reglas de aplicación de las tarifas. De acuerdo con lo que establece el artículo 3 del RETA, el sistema tarifario comprende tres elementos: (i) la estructura tarifaria, (ii) la unidad de cobro y (iii) el nivel máximo que debe ser considerado. Estos tres componentes forman parte de la presente propuesta Tarifaria de Ositrán. Bajo la metodología de tari fi cación comparativa (benchmarking ), la tarifa que determine el regulador será aquella que resulte de promediar las tarifas de una muestra de terminales portuarios que brindan el servicio de Pre-enfriado de Contenedor Vacío con características similares al servicio objeto del presente procedimiento tarifario. En ese sentido, en el presente caso se han seleccionado siete (7) terminales portuarios que cumplen con los criterios de a) disponibilidad de información pública y detallada, b) alcances de los servicios que sean comparables y c) no consignan valores extremos (el cálculo incluyó la estandarización de las tarifas cobradas en dichos terminales portuarios, así como la aplicación del test estadístico de Tukey o recorrido intercuartílico y del test de Peirce). Considerando lo anterior, la tarifa a ser cobrada por el Concesionario a los usuarios que soliciten el Servicio Especial de Pre-enfriado de Contenedor vacío será de USD 30,57 por contenedor de 20 o 40 pies , tal como se muestra a continuación: Muestra de terminales portuarios y puertos utilizada por el Regulador en el benchmarking País Puerto/Terminal PortuarioTarifa USD/Contenedor ChileSan Antonio Terminal Internacional – STI 30,00 Puerto Central -DP WORLD San Antonio 30,00 Talcahuano Terminal Portuario 30,00 TCVAL - Terminal de Contenedores de Valparaíso30,00 Terminal Portuario de San Vicente -SVTI 31,99 México Puerto Veracruz 31,00 Perú Terminal Portuario de Salaverry 31,00 Promedio 30,57 Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos del Ositrán Esta tarifa será aplicable a los consignatarios de carga fraccionada que soliciten el servicio en el terminal portuario y como parte del paquete de servicios constituido por el servicio estándar de carga fraccionada, consolidación de la carga y Gate In , sin restricción respecto del tipo de producto. Finalmente, cabe indicar que la tarifa fi jada en el presente procedimiento tiene el carácter de tarifa máxima (no incluye IGV), y podrá ser reajustada anualmente por el factor RPI - X y revisada cada 5 años aplicando el mecanismo regulatorio “RPI - X” previsto en el Contrato de Concesión. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA PROPUESTA AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL & PROINVERSIÓN (2011). Contrato de Concesión: Concurso de Proyectos Integrales del proceso de promoción del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao. BEESLEY, M. y S. LITTLECHILD (1989). “The Regulation of Privatized Monopolies in the United Kingdom”. En: The Rand Journal of Economics , Vol. 20, No. 3. BERG, S. (2001). “Infrastructure Regulation: Risk, Return, and Performance” . En: Global Utilities 1, Mayo de 2001, 3-10. CHARLES RIVER ASSOCIATES (2002). Port Companies and Market Power - A Qualitative Analysis. 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