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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (14/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Lunes 14 de diciembre de 2020 El Peruano / en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos asignados al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Seguimiento El Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es responsable del seguimiento y evaluación de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1911403-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 942-2020-MTC/01 Lima, 11 de diciembre de 2020VISTOS: El O fi cio N° 06017-2020-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa; y, el Memorándum N° 1908-2020-MTC/09 e Informe N° 575-2020-MTC/09.03, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP), para transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los Pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente; siendo que, dicho monto máximo anual se establece mediante Decreto Supremo; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que las transferencias fi nancieras a las que se re fi ere el considerando precedente se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y por cualquier fuente de fi nanciamiento para el caso de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; y, se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros en el que se debe indicar si el Pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fi jado por la Presidencia del Consejo de Ministros y de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del Titular del referido Pliego, publicándose la mencionada resolución en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2020- PCM, se establece el monto máximo de S/ 52 727,00 (CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020; con cargo al presupuesto institucional autorizado del Pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, mediante Informe N° D000098-2020-PCM- OGPP la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros señala que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 017-2020-PCM, con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, en el Año Fiscal 2020; Que, por O fi cio N° 06017-2020-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se disponga la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 23 834,47 (VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 47/100 SOLES), por concepto de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas en el mes de setiembre del presente Año Fiscal, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, cuyo detalle se muestra en el Anexo adjunto al citado O fi cio; Que, a través del Memorándum N° 1908-2019-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones hace suyo el Informe N° 575-2020-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto, por el cual emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la transferencia fi nanciera del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 23 834,47 (VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 47/100 SOLES), por el apoyo brindado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia fi nanciera de recursos hasta por la suma de S/ 23 834,47 (VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 47/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, destinada a fi nanciar los gastos por concepto de apoyo brindado por las fuerzas armadas al Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el Decreto Supremo N° 017-2020-PCM, que establece el monto máximo para atender las Operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional Regional y Local;