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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (22/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Martes 22 de diciembre de 2020 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban el “Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 006, Ordenanza Regional que Aprueba la Creación y Conformación del Consejo Regional de la Juventud del Callao - COREJU - Callao” DECRETO REGIONAL N° 0004 Callao, 10 de diciembre de 2020EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006, de fecha 25 de agosto de 2020, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 17 de setiembre de 2020; se aprobó la Creación y Conformación del Consejo Regional de la Juventud del Callao – COREJU – Callao, como un espacio autónomo de representación, diálogo, concertación, consulta y participación ciudadana de jóvenes, cuyos representantes son elegidos de manera democrática por representantes juveniles. Teniendo como fi nalidad contribuir al trabajo articulado entre las y los jóvenes y el Gobierno Regional del Callao para la promoción del desarrollo integral de la juventud; encargando a la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte, que, en cumplimiento de la Ordenanza Regional, brinde asistencia técnica y operativa al COREJU – Callao para el cumplimiento de sus funciones; y en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles elaborar el Reglamento de la presente norma; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Juventud, dispone en su Artículo 2 sobre ámbito de aplicación que “La Política Nacional de Juventud es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias” la misma que contempla en el Objetivo Prioritario 6 respecto a Incrementar la participación ciudadana de la población joven; Que, el numeral 1. del Artículo 124º del Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 000001 de fecha 26 de enero de 2018, establece que: “Son funciones de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte las siguientes: 1. Formular, aprobar, proponer, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, juventud, deporte y recreación de la región, en concordancia con la política del gobierno nacional, planes sectoriales y programas correspondientes; Que, Mediante Informe N° 170-2020-GRC/GRECYD, de fecha 09 de diciembre de 2020, la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte, remite a la Gerencia General Regional el Proyecto del “Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 006, Ordenanza Regional que Aprueba la Creación y Conformación del Consejo Regional de la Juventud del Callao – COREJU – Callao”, para el trámite correspondiente. Que, estando a o expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 006, Ordenanza Regional que Aprueba la Creación y Conformación del Consejo Regional de la Juventud del Callao – COREJU – Callao”, estructurado en X Capítulos, 37 Artículos, 2 disposiciones fi nales, que anexo adjunto forma parte integrante de la presente disposición. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del presente Decreto Regional y el “Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 006, Ordenanza Regional que Aprueba la Creación y Conformación del Consejo Regional de la Juventud del Callao – COREJU – Callao”, en el portal institucional del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe. Regístrese y comuníquese y publíquese.DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 1913464-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 653-MSB, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del ejercicio 2021 en el distrito de San Borja ACUERDO DE CONCEJO N° 378 Lima, 3 de diciembre de 2020EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha: VISTO: El O fi cio N° D000220-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, de fecha 19 de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza N° 653-MSB, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del ejercicio 2021 en el distrito de San Borja, y; CONSIDERANDO:Que, en el Artículo 74 y 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2085 publicada el 5 de abril de 2018, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad