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36 NORMAS LEGALES Martes 22 de diciembre de 2020 / El Peruano de Firma de Autoridades Universitarias, Instituciones y Escuelas de Educación Superior de la SUNEDU; SE RESUELVE: 1º ANULAR el FORMATO N° A1749009, correspondiente al Título de Licenciado en Educación, Especialidad Filosofía, Psicología y Ciencias Sociales de don NOE MUCHA GOMEZ, por motivo de pérdida; precisando la validez del contenido; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 2º OTORGAR el duplicado del Diploma del Título de Licenciado en Educación, Especialidad Filosofía, Psicología y Ciencias Sociales de don NOE MUCHA GOMEZ, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, el 30.SET.2014, por motivo de pérdida del diploma original; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 3º PRECISAR que la expedición del duplicado del Título de Licenciado en Educación, Especialidad Filosofía, Psicología y Ciencias Sociales a favor de don NOE MUCHA GOMEZ, anula automáticamente el diploma anterior, manteniéndose la validez legal del acto jurídico del otorgamiento del título profesional; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 4º ENCARGAR a la Unidad de Grados y Títulos de la UNHEVAL informar a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-SUNEDU, respecto a la anulación y duplicado del diploma expedido; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 5º REMITIR todo lo actuado a la Jefatura de la Unidad de Grados y Títulos de la UNHEVAL, para que proceda conforme a sus atribuciones y acciones correspondientes; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 6º DAR A CONOCER la presente Resolución a los órganos competentes y al interesado. Regístrese, comuníquese y archívese.REYNALDO M. OSTOS MIRAVAL Rector YERSELY K. FIGUEROA QUIÑONEZ Secretaria General 1913841-1 MINISTERIO PUBLICO Crean cuatro Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Trata de Personas, para los Distritos Fiscales de Arequipa, Huánuco, La Libertad y Piura todas con carácter transitorio RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 083-2020-MP-FN-JFS Lima, 15 de diciembre de 2020VISTO: Los informes Nº 000002-2020-MP-FN-FSCN-FEDTP y Nº 000004-2020-MP-FN-FSCN-FEDTP de fechas 13 de noviembre y 05 diciembre de 2020, cursados por la Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, el ofi cio Nº 001962-2020-MP-FN-PJFSAREQUIPA y los informes Nº 000018-2020-MP-FN-PJFSHUANUCO, Nº 000011-MP-FN-PJFSLALIBERTAD, Nº 000031-2020-MP-FN-PJFSPIURA, remitidos por los Presidentes/as de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Huánuco, La Libertad y Piura; y, los informes Nº 000018-2020-MP-FN-STI-NCPP y Nº 000019-2020-MP-FN-STI-NCPP, de fechas 26 de noviembre y 09 de diciembre de 2020, respectivamente, remitidos por la Secretaria Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal.CONSIDERANDO: Por Ley Nº 30963, se modi fi ca el Código Penal respecto a las sanciones del delito de explotación sexual en sus diversas modalidades y delitos conexos, para proteger con especial énfasis a las niñas, niños, adolescentes y mujeres. Mediante Resolución Nº 3308-2019-MP-FN del 22 de noviembre de 2019, se modi fi ca el capítulo tercero, artículo 10º del Manual de Operaciones de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 290-2016-MP-FN del 22 de enero de 2016, debiendo incluirse en la competencia materia de las citadas fi scalías los delitos conexos y/o de explotación, de las nuevas fi guras delictivas incorporadas al Código Penal. En la actualidad, existen diez (10) Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, distribuidas en los Distritos Fiscales de Tumbes, Loreto, Madre de Dios, Cusco, Puno, Tacna, Lima, Lima Norte y Callao. En ese sentido, mediante los informes del visto, la Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas solicita la creación de una (01) Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas en el Distrito Fiscal de Arequipa; una (01) Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas en el Distrito Fiscal de Huánuco; una (01) Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas en el Distrito Fiscal de La Libertad; y, una (01) Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas en el Distrito Fiscal de Piura. Sustenta su pedido, señalando que en cumplimiento del artículo 6º literales f) y h) del “Manual de Operaciones de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas”, aprobado mediante la Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 290-2016-MP-FN de fecha 22 de enero de 2016, ha elaborado un informe diagnóstico respecto a la problemática de la trata de personas en nuestro país y ha identi fi cado los distritos fi scales que presentan mayor incidencia delictual respecto al fenómeno de la trata de personas, delitos conexos y de explotación de mujeres, niños, niñas y adolescentes en sus diversas modalidades. En tal sentido, informa que en los Distritos Fiscales de Arequipa, Huánuco, La Libertad y Piura, se justi fi ca la creación de una Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas, debido a la necesidad de contar con investigadores y persecutores del delito especializado que permita actuar con enfoque centrado en la víctima, enfoque de género y de derechos humanos. Asimismo, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal ha emitido los informes Nº 000018-2020-MP-FN-STI-NCPP y Nº 000019-2020-MP-FN-STI-NCPP, opinando que el haberse incluido en la competencia material de las fi scalías de la especialidad los delitos conexos y/o de explotación, en un número de 21 artículos del Código Penal, incrementa de manera cuantitativa la carga procesal en los delitos materia de la especialidad; debiendo tenerse en consideración de igual forma, el aspecto cualitativo en el trabajo de investigación de este tipo de delitos, que en su mayoría involucra mujeres, niños y adolescentes. Consecuentemente, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal concluye que se justi fi ca la creación de una fi scalía provincial de la especialidad de trata de personas en los Distritos Fiscales de Arequipa, Huánuco, La Libertad y Piura, a fi n de que cuenten con investigadores y persecutores del delito de la especialidad; para tal efecto, estas fi scalías estarían conformadas por un (01) fi scal provincial y (02) fi scales adjuntos provinciales, plazas fi scales que se encuentran presupuestadas al haber sido creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS. A ello, se suma que las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Huánuco, La Libertad y Piura han manifestado su predisposición para la dotación de recursos humanos y materiales disponibles para el funcionamiento de dichas fi scalías especializadas; por lo que, se in fi ere