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9 NORMAS LEGALES Jueves 24 de diciembre de 2020 El Peruano / seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modi fi cado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 4.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ Ministro de Cultura 1914648-1 DEFENSA Designan miembros del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 186-2020-DE Lima, 23 de diciembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133, que dispuso el ordenamiento defi nitivo del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, modi fi có los artículos 12 y 13 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, estableciendo que su Consejo Directivo se encuentra integrado, entre otros, por dos directores designados por el Ministro de Defensa; Que, el artículo 12 del citado Decreto Ley N° 21021, dispone que para ser designado miembro del Consejo Directivo se requiere tener formación y experiencia en materia previsional o en administración económico-fi nanciera. Asimismo, a excepción de los representantes de los pensionistas, no deben de pertenecer al régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19846 ni al régimen de pensiones militar policial regulado por el Decreto Legislativo N° 1133; Que, el artículo 13 del referido dispositivo señala que los directores del Consejo Directivo son nombrados por resolución suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes; su mandato se ejerce por un período de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo. Así también, los directores del Consejo Directivo están afectos a los mismos impedimentos, responsabilidades y causales de vacancia que señala la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para los directores de las entidades fi nancieras; Que, mediante Resolución Suprema N° 025-2020- DE/SG del 19 de agosto de 2020, se acepta la renuncia formulada por el señor José Alberto Gerardo Velarde Salazar al cargo de miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa; Que, asimismo, con Resolución Suprema N° 026- 2020-DE/SG del 19 de agosto de 2020, se acepta la renuncia formulada por la señora Juana Rómula López Escobar al cargo de miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa; Que, mediante Carta N° 49-2020/CPMP-PCD del 02 de diciembre de 2020, el Presidente del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial ha solicitado que se designe a los representantes del Ministerio de Defensa ante el citado Consejo Directivo; Que, resulta necesario designar a los nuevos miembros del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa;De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 21021, Ley de creación de la Caja de Pensiones Militar Policial, modi fi cado por las Leyes N° 28541 y 28962 y por el Decreto Legislativo N° 1133; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora María Esther Ramírez Castillo y al señor José Angel Valdivia Morón como miembros del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1914972-3 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Oficializan el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0322-2020-MIDAGRI Lima, 21 de diciembre de 2020VISTO:El O fi cio N° 312-2020-MINAGRI-DVPA-DGESEP, con el que la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, solicita o fi cializar el Mapa Nacional de Super fi cie Agrícola del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo, entre otros objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la ciudadanía, que cuente con canales efectivos de participación ciudadana, y que sea transparente en su gestión; Que, el literal a) del numeral 1 del artículo 6 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece como función general rectora que este Ministerio formula, planea, dirige, coordina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas nacionales bajo su competencia, aplicables a todos los niveles de gobierno; estableciéndose en el literal g) del numeral 2 del artículo 7, como función especí fi ca compartida de este Ministerio, la de: Establecer e implementar los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo y sostenible de la actividad agraria; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1082, se creó el Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, conformado por los Órganos del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, los organismos adscritos al Sector Agrario, ahora Sector Agrario y de Riego, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan