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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (24/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 24 de diciembre de 2020 El Peruano / A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 446 : Gobierno Regional de Cusco 48 291,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Cusco - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0789Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20527147612 Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Cusco, correspondiente al año 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1914750-1 Autorizan segunda transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Áncash, para ser destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 394-2020-MINEM/DM Lima, 22 de diciembre de 2020 VISTOS: El Informe No 0924-2020-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; los Informes N° 043-2020-MINEM-OGPP/OPRE y N° 165-2020-MINEM-OGPP/OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 890-2020-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1336, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el proceso de formalización minera integral, señala que el objeto de las citadas disposiciones es que dicho proceso sea coordinado, simpli fi cado y de aplicación a nivel nacional; Que, de conformidad con lo establecido por el inciso ii) del literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) se encuentra autorizado para realizar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral; Que, el citado literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que las transferencias fi nancieras indicadas en el considerando precedente se fi nancian por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas – Central, y deben aprobarse previa suscripción de convenio entre el MINEM y los Gobiernos Regionales; Que, el mismo literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que los Gobiernos Regionales que reciben las transferencias fi nancieras en el marco de lo establecido en el citado literal, informan al MINEM los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes; Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular de pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con fecha 12 de junio del 2020, el MINEM y el Gobierno Regional de Ancash suscribieron el Convenio No 019-2020-MINEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al Gobierno Regional de Ancash, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o la que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros de dicho Gobierno Regional, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permita continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, de acuerdo a lo señalado en la Cláusula Octava del Convenio N° 019-2020-MINEM-DGFM, el MINEM se compromete a transferir a favor del Gobierno Regional de Ancash el monto ascendente a S/ 427 695,00 (Cuatrocientos veintisiete mil seiscientos noventa y cinco con 00/100 soles) para ser destinado al proceso de formalización minera integral, en el citado Gobierno Regional; Que, a través de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2020-00807-001 con Registro N° SIAF 0000000774, la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto certi fi có la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede, para los fi nes indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Ancash; Que, mediante los Informes N° 043-2020-MINEM- OGPP/OPRE y N° 165-2020-MINEM-OGPP/OPRE la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, entre los cuales se encuentra el Gobierno Regional de Ancash, en el marco del inciso ii) literal p) numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, mediante Resolución Ministerial N° 192-2020-MINEM/DM del 31 de julio del 2020, se aprobó la transferencia fi nanciera al Gobierno Regional de Ancash, correspondiente al primer semestre del 2020, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio N° 019-2020-MINEM-DGFM; Que, mediante Informe N° 0924-2020-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera señala que el Gobierno Regional de Ancash ha cumplido con presentar el informe al III trimestre referido al avance de la ejecución de los recursos que el Ministerio de Energía y Minas le ha transferido; y, con presentar el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2019, de acuerdo a lo comprometido en la Cláusula Sexta y en la Cláusula Octava del Convenio N° 019-2020-MINEM-DGFM, respectivamente; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, resulta necesario autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Ancash, por la suma de S/ 128 308,50 (Ciento veintiocho mil trescientos ocho con 50/100 soles); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que