Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2020 (17/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 17 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal web institucional de la entidad (www.psi.gob.pe) y en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. AGRIPINO JIMÉNEZ GARCÍA Director Ejecutivo (e) Programa Subsectorial de Irrigaciones 1846377-1

la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Exportador Autorizado y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www. gob.pe/mincetur), durante el plazo de treinta (30) días calendarios, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al correo electrónico: origen@ mincetur.gob.pe. Artículo 2.- La Dirección de la Unidad de Origen queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Reglamento del Exportador Autorizado, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1846652-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Exportador Autorizado y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 11-2020-MINCETUR Lima, 16 de enero de 2020 Visto, el Memorándum N° 20-2020-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el inciso 5 del artículo 5 de la Ley N° 27790 , Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dispone que es función del MINCETUR, negociar, suscribir y poner en ejecución los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior, integración, cooperación económica y social, y otros en el ámbito de su competencia; es responsable de velar por el cumplimiento de dichos acuerdos tanto en el ámbito nacional como en el internacional; y difundir los acuerdos comerciales suscritos, así como las negociaciones en proceso; Que, los acuerdos comerciales suscritos con Costa Rica, Honduras, Japón y Panamá, así como con los Estados Miembros de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, establecen el sistema de certificación de origen por autoridad competente y el sistema de certificación por exportador autorizado; Que, el sistema de certificación de origen por exportador autorizado consiste en que los exportadores podrán emitir sus propias declaraciones de origen respecto de las mercancías que exportan, cumpliendo los requisitos establecidos en los acuerdos comerciales; Que, por lo expuesto, resulta necesario reglamentar el sistema de certificación por exportador autorizado; y, por lo tanto, aprobar el Reglamento del Exportador Autorizado, que contiene los requisitos y procedimientos que deben seguir las personas naturales o jurídicas que deseen obtener la autorización; las condiciones para su uso y revocación; así como, las obligaciones que conlleva obtener dicha autorización, de conformidad con los acuerdos comerciales que regulan este sistema de certificación; Que, siendo la propuesta de Reglamento del Exportador Autorizado una norma de carácter general, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS, Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyecto Normativos y difusión de normas de carácter general resulta pertinente disponer la publicación del proyecto de norma; conforme al procedimiento establecido; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, modificado por Decreto Supremo N° 002-2015-MINCETUR; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a

CULTURA
Designan Secretaria General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2020-MC Lima, 16 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, encontrándose vacante el cargo de Secretario/a General del Ministerio de Cultura, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Diana Angélica Tamashiro Oshiro en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1846568-1

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a cinco bienes muebles (dientes fósiles de tiburón)
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 012-2020-VMPCIC-MC Lima, 15 de enero de 2020 VISTOS, el Informe N° 000004-2020-DGM/MC de la Dirección General de Museos, y los Informes N° 000001-

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