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36 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2020 / El Peruano Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través del O fi cio Nº 002239-2019-CG/DC, la Contraloría General de la Republica, solicita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, efectuar la segunda transferencia a dicha entidad para fi nanciar el 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2019; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01 y modi fi catoria, dado el carácter fi nanciero del Presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración, mediante Hoja de Elevación Nº 0030-2020-MTPE/4/11.1, remite el Informe N° 05-2020-MTPE-NFAVS y otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario mediante la Nota Nº 306, en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios para la auditoría periodo 2019 por la suma de S/ 113 582,00 (CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES); Que, a través del Memorando N° 0134-2020-MTPE/4/9 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Sector, adjunta el Informe N° 0082-2020-MTPE/4/9.2 emitido por la O fi cina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la segunda transferencia fi nanciera, por la suma de S/ 113,582.00 (CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a fi nanciar los gastos efectuados para la contratación de la empresa de sociedad de auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica y sus modi fi catorias; Con las visaciones de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Administración, de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 113,582.00 (CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para fi nanciar el 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos efectuados para la contratación de la empresa de sociedad de auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- La segunda transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, según el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, cuyos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Disponer que la presente resolución ministerial y el anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1851535-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda FM, en localidades de Apurímac y Madre de Dios, serán otorgadas mediante Concurso Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0077-2020-MTC/28 Lima, 15 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por Concurso Público; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones ha hecho suyo el Informe Nº 0089-2020-MTC/28.01, mediante el cual la Dirección de Servicios de Radiodifusión da cuenta que en la banda y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO SOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión sonoraFM Kishuara Apurímac 3 2 Boca Colorado (Madre de Dios)Madre de Dios 4 3 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2019-MTC, y la Resolución Ministerial Nº 015-2019-MTC/01;