Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2020 (14/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de febrero de 2020 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Directoral N° 00022019-MEM/DGAAE de fecha 05 de febrero de 2019, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, DGAAE) aprueba el Estudio de Impacto Ambiental semidetallado del Proyecto "Línea de Transmisión en 60 kV Huallin ­ San Luis" cuyas especificaciones técnicas se encuentran detalladas en el Informe N° 0011-2019-MEM/DGAAEDEAE de fecha 05 de febrero de 2019; Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que, procede otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la "Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Huallin - T97 (de la LT 60 kV S.E. Pomabamba ­ S.E. Huari)"; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Salida/Llegada de la Línea de Transmisión S.E. Huallin - T97 (de la LT 60 kV S.E. Pomabamba ­ S.E. Huari), Subestaciones Tensión (kV) 60

en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 0312007-EM y sus modificatorias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; en su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 00993-EM, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Parroquia San Martín Papa de Chacas la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Huallin - T97 (de la LT 60 kV S.E. Pomabamba ­ S.E. Huari), ubicada en los distritos de Chacas y San Luis, provincias de Asunción y Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: N° de Ternas 01 Longitud (km) 16,31 Características técnicas Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) 16

S.E. Huallin

Un (01) transformador de potencia 60/6 kV-8,2, MVA, sumergido en aceite, con cambiador de tomas bajo carga. Tres (03) transformadores de corriente 60 kV Tres (03) transformadores de tensión de tipo capacitivo Pararrayos de tipo oxido metálico y seccionadores de barras y líneas

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 5382019 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Parroquia San Martín Papa de Chacas, el cual consta de diecinueve (19) clausulas y cuatro (4) anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 538-2019 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión N° 538-2019, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la Parroquia San Martín Papa de Chacas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 00993-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1853209-1 la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 0294-2019-IN-SALUDPOL-GG de fecha 27 de diciembre de 2019, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, autorizó el financiamiento del tratamiento médico altamente especializado en el extranjero del Suboficial de Tercera de Servicios de la Policía Nacional del Perú (R) Víctor Eduardo Rebatta Escobar, a realizarse en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de la ciudad de La Habana de la República de Cuba, a través de la empresa Servicios Médicos Internacionales (SMI), por el monto total de US$ 151 270,00 (Ciento cincuenta y un mil doscientos setenta con 00/100 dólares); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 016-2020-SALUDPOL-GG-DFPS/DGFO de fecha 29 de enero de 2020, se concluye que se debe autorizar el viaje

INTERIOR
Autorizan viaje de suboficial de la Policía Nacional del Perú a Cuba, para recibir tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2020-IN Lima, 12 de febrero de 2020 VISTOS, el Oficio N° 136-2020-CG PNP/SECEJE/ UTD-OR de la Jefatura de la Oficina de Resoluciones de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 015-2020-SALUDPOL-GG/DFPS de la Dirección de Financiamiento y Planes de Salud del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL y el Informe N° 000237-2020/IN/OGAJ de

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