Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2020 (14/02/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 16
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NORMAS LEGALES
Viernes 14 de febrero de 2020 /
El Peruano
Que, mediante Resolución Directoral N° 00022019-MEM/DGAAE de fecha 05 de febrero de 2019, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, DGAAE) aprueba el Estudio de Impacto Ambiental semidetallado del Proyecto "Línea de Transmisión en 60 kV Huallin San Luis" cuyas especificaciones técnicas se encuentran detalladas en el Informe N° 0011-2019-MEM/DGAAEDEAE de fecha 05 de febrero de 2019; Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que, procede otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la "Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Huallin - T97 (de la LT 60 kV S.E. Pomabamba S.E. Huari)"; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Salida/Llegada de la Línea de Transmisión S.E. Huallin - T97 (de la LT 60 kV S.E. Pomabamba S.E. Huari), Subestaciones Tensión (kV) 60
en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 0312007-EM y sus modificatorias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; en su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 00993-EM, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Parroquia San Martín Papa de Chacas la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Huallin - T97 (de la LT 60 kV S.E. Pomabamba S.E. Huari), ubicada en los distritos de Chacas y San Luis, provincias de Asunción y Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: N° de Ternas 01 Longitud (km) 16,31 Características técnicas Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) 16
S.E. Huallin
Un (01) transformador de potencia 60/6 kV-8,2, MVA, sumergido en aceite, con cambiador de tomas bajo carga. Tres (03) transformadores de corriente 60 kV Tres (03) transformadores de tensión de tipo capacitivo Pararrayos de tipo oxido metálico y seccionadores de barras y líneas
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 5382019 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Parroquia San Martín Papa de Chacas, el cual consta de diecinueve (19) clausulas y cuatro (4) anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 538-2019 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión N° 538-2019, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la Parroquia San Martín Papa de Chacas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 00993-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1853209-1 la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 0294-2019-IN-SALUDPOL-GG de fecha 27 de diciembre de 2019, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL, autorizó el financiamiento del tratamiento médico altamente especializado en el extranjero del Suboficial de Tercera de Servicios de la Policía Nacional del Perú (R) Víctor Eduardo Rebatta Escobar, a realizarse en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de la ciudad de La Habana de la República de Cuba, a través de la empresa Servicios Médicos Internacionales (SMI), por el monto total de US$ 151 270,00 (Ciento cincuenta y un mil doscientos setenta con 00/100 dólares); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 016-2020-SALUDPOL-GG-DFPS/DGFO de fecha 29 de enero de 2020, se concluye que se debe autorizar el viaje
INTERIOR
Autorizan viaje de suboficial de la Policía Nacional del Perú a Cuba, para recibir tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2020-IN Lima, 12 de febrero de 2020 VISTOS, el Oficio N° 136-2020-CG PNP/SECEJE/ UTD-OR de la Jefatura de la Oficina de Resoluciones de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 015-2020-SALUDPOL-GG/DFPS de la Dirección de Financiamiento y Planes de Salud del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL y el Informe N° 000237-2020/IN/OGAJ de