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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 (16/02/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 16 de febrero de 2020 El Peruano / “... Artículo 2.- Los gastos de participación del siguiente personal, por concepto de viáticos en la ciudad de Santiago de Chile y Punta Arenas, República de Chile, del 28 de diciembre de 2019 al 5 de enero de 2020, en la etapa de despliegue, y del 25 al 26 de enero de 2020, en la etapa de repliegue, respectivamente, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896: Realización periódica de las campañas cientí fi cas a la Antártida, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15) días posteriores, al término de la expedición de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase EconómicaViáticos por día US$N.º de díasTotal Viáticos US$ Joel Carlos Bruno Soldevilla 860.00 370 11 4,070.00 Roberto Franko Chauca Hoyos 860.00 370 11 4,070.00 Iván Jiménez Ríos 860.00 370 11 4,070.00José Santana Castañeda 860.00 370 11 4,070.00 Roger Salazar Rojas 637.00 370 11 4,070.00 Moisés Valentín Molina Vicharra 1235.00 370 11 4,070.00 Edwin Aníbal Loarte Cadenas 637.00 370 11 4,070.00 Katy Damacia Medina Marcos 637.00 370 11 4,070.00Mayra Doris Mejía Camones 637.00 370 11 4,070.00 Kristhian Carlos Guillén Cueva 1235.00 370 11 4,070.00 Ángel Jesús Montes Osorio 637.00 370 11 4,070.00 Ana Renza Paola Alegre Norza Sior 694.00 370 11 4,070.00 Wilson Joaquín Carhuapoma Bernabé694.00 370 11 4,070.00 Andrés Roberto Chipollini Montenegro694.00 370 11 4,070.00 Jonathan Angello Correa Acosta 694.00 370 11 4,070.00 Luis Alberto Vásquez Espinoza 694.00 370 11 4,070.00 Gustavo Renato Cuadros Caballero694.00 370 11 4,070.00 Ricardo Dioses Avellaneda 694.00 370 11 4,070.00 Augusto Eduardo Franco García 694.00 370 11 4,070.00 Carlos Alberto Martínez Gamboa 694.00 370 11 4,070.00 María Andrea Meza Torres 694.00 370 11 4,070.00 Luz Ximena Orosco Montenegro 763.00 370 11 4,070.00 Cecilia Andrea Roque García 763.00 370 11 4,070.00 Marissela Pozada Herrera 763.00 370 11 4,070.00 Roberto Carlos Quesquen Liza 763.00 370 11 4,070.00Javier Antonio Quiñones Dávila 763.00 370 11 4,070.00 José Luis Salcedo Rodríguez 763.00 370 11 4,070.00 Javier Antonio Sánchez Espinoza 763.00 370 11 4,070.00 Regina Elena Aguilar Arakaki 763.00 370 11 4,070.00 Cynthia Stephania Romero Moreno860.00 370 11 4,070.00 Graciano Alberto Del Carpio Tejada637.00 370 11 4,070.00 Artículo 3.- El personal citado en el artículo 1 de la presente Resolución se trasladará de la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, a la Antártida con el Hércules L-100, el 5 de enero de 2020; y se replegará a bordo del BAP Carrasco del 22 al 24 de enero de 2020.” Artículo 2.- Dejar subsistentes todos los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0905-2019-RE, de 26 de diciembre de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1855412-1Modifican la R.M. Nº 0906-2019-RE, sobre los gastos de participación de personal, por concepto de viáticos en la República de Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0131-2020-RE Lima, 10 de febrero de 2020 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0906-2019- RE, de 26 de diciembre de 2019, se autorizó el viaje en comisión de servicios, en el marco de la Vigésimo Séptima Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXVII), del señor Juan Carlos Jiménez Cerrón y Néstor Fabián Brondi Rueda, a la Estación Cientí fi ca Antártica “Machu Picchu” (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge o 25 de Mayo, Antártida, para participar del 28 de diciembre de 2019 al 3 de marzo de 2020, a fi n de cumplir funciones de su especialidad en la citada estación; Que, para tal efecto, se estableció el otorgamiento de viáticos a los expedicionarios señalados en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 28 al 30 de diciembre de 2019, en la etapa de despliegue, y del 1º al 3 de marzo de 2020, en la etapa repliegue, respectivamente, los cuales serían cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896: Realización periódica de las campañas cientí fi cas a la Antártida; Que, debido a imprevistos técnicos y situaciones extraordinarias que se suscitaron durante la ejecución de la primera etapa de la Vigésimo Séptima Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXVII), como son la avería que sufrió la aeronave Hércules L-100 en la ciudad de Santiago de Chile, la denegación de la autorización para que la aeronave Spartan ingrese al Aeródromo Teniente Rodolfo Marsh Martín de la República de Chile en la Antártida, y las situaciones climatológicas adversas para realizar el traslado en la aeronave Hércules L-100, reparado, de los expedicionarios a la Antártida; cuarenta y cinco (45) expedicionarios que se encontraban en la ciudad de Punta Arenas, arribaron la noche del 5 de enero de 2020, al continente Antártico; Que, dicha situación ha conllevado a la modi fi cación del itinerario de viaje de comisión de servicios aprobado con Resolución Ministerial Nº 0906-2019-RE, incrementando en seis (6) días más el número de días en la etapa de despliegue, los que se llevaron a cabo entre el 28 de diciembre de 2019 y el 5 de enero de 2020; así como la variación de la cantidad de gastos de participación de los expedicionarios a quienes se les otorgó viáticos en las ciudades de Santiago de Chile y Punta Arenas, en igual número de días, por lo que corresponde modi fi car, con efi cacia anticipada los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 0906-2019-RE. De otro lado, también es necesario precisar que los viáticos otorgados a los mencionados expedicionarios incluían tanto la estadía en las ciudades de Santiago de Chile como en Punta Arenas, República de Chile; Que, conforme se establece en el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, concordante con lo dispuesto en el artículo 7 del mismo cuerpo de leyes, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº