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24 NORMAS LEGALES Domingo 16 de febrero de 2020 / El Peruano encuentra dentro de las disposiciones legales que regulan la competencia del CENFOTUR, debiendo ser elevadas a Consejo Directivo para su aprobación; Que, el literal m) del artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del CENFOTUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, dispone que entre las funciones de la Dirección Nacional está el de proponer al Consejo Directivo las tarifas o tasas de derecho de enseñanza y procedimientos administrativos, y el literal f) del artículo 7° del citado Reglamento de Organización y Funciones, dispone que entre las funciones del Consejo Directivo está el de aprobar tarifas o tasas de derecho de enseñanza y procedimientos administrativos; Que, con fecha 28 de noviembre 2019, se llevó a cabo la Sesión N° 351-2019 del Consejo Directivo, en la cual la Directora Nacional presentó entre otros la propuesta de modi fi cación de Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, explicando la necesidad de contar con este instrumento acorde a la normatividad vigente, por lo que fue aprobado por unanimidad mediante acuerdo N° 449-351-2019; Que, conforme lo expuesto resulta necesario emitir la Resolución Directoral que formalice dicha modi fi cación; Con la visación de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, O fi cina de Administración y Finanzas, Dirección de Formación Académica, Dirección de Gestión Académica, Dirección de Extensión Educativa, Ofi cina de Asesoría Jurídica y Gerencia General; De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 - Ley Orgánica del CENFOTUR, Decreto Legislativo N° 1451 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEROGAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR aprobado mediante Resolución Directoral N° 208-2011-CENFOTUR/DN, de fecha 15 de junio de 2011, modi fi cado por las Resoluciones Directorales N° 152-2015-CENFOTUR/DN de fecha 02 de noviembre de 2015, Resolución Directoral N° 147-2016-CENFOTUR/DN de fecha 17 de agosto de 2016, Resolución Directoral N° 183-2017-CENFOTUR/DN de fecha 20 de noviembre de 2017, Resolución Directoral N° 075-2018-CENFOTUR/DN de fecha 07 de mayo de 2018, Resolución Directoral N° 183-2018-CENFOTUR/DN de fecha 07 de mayo de 2018, Resolución Directoral N° 135-2019-CENFOTUR/DN de fecha 25 de julio de 2019. Artículo Segundo.- FORMALIZAR la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR aprobado en Sesión N° 351-2019 del Consejo Directivo, mediante acuerdo N° 449-351-2019, de fecha 28 de noviembre de 2019, el cual consta de cinco (05) folios, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración y Finanzas en coordinación con las demás unidades orgánicas, a realizar las acciones necesarias a fi n de velar por el estricto cumplimiento de la presente resolución, así como realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General la comunicación de la presente Resolución a las áreas respectivas, a fi n de que implementen las acciones que estén en el ámbito de su competencia. Artículo Quinto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente resolución en la página web del Centro de Formación en Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese,MADELEINE BURNS VIDAURRÁZAGA Directora NacionalCentro de Formación en Turismo SERVICIOS NO EXCLUSIVOS QUE BRINDA EL CENFOTUR U.I.T 2019 4,200.00 Decreto Supremo 298-2018-EF del 17/12/2018 N°DENOMINACIÓN DEL SERVICIO NO EXCLUSIVOREQUISITOS UITIMPORTE S/. COMISIÓN DEL PROCESO DE ADMISIÓN (COPAD) 01 PROCESO DE ADMISIÓN a) Proceso Regular 1. Número de DNI.2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero.3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser fi rmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión. Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190100 50 b) Por ocupar Excelencia escolar 1. Número de DNI.2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero.3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser fi rmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión.5. Declaración Jurada de haber obtenido un promedio superior o igual a 14 entre el tercer y quinto año de estudios secundarios. Para el caso de los menores de edad, esta declaración jurada deberá ser fi rmada por el apoderado o tutor respectivo.Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 100 50 c) Por excelencia en idiomas 1. Número de DNI.2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero.3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser fi rmada por el apoderado o tutor respectivo. 4. Pago por derecho de admisión.5. Copia simple del certi fi cado de haber concluido el nivel avanzado en un Instituto en Idiomas o contar con una acreditación internacional en idiomas.Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 100 50 d) De fuerzas armadas y de la PNP 1. Número de DNI.2. Copia de pasaporte en el caso de ser extranjero.3. Declaración Jurada de haber aprobado los estudios secundarios o de encontrarse cursando el quinto año de secundaria o el 3ero y 4to grado de Educación Básica Alternativa, para el caso de menores de edad, ésta deberá ser fi rmada por el apoderado o tutor respectivo. Sede Central 0.02381 Filiales 0.01190 100 50