Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2020 (28/02/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 110

110

NORMAS LEGALES

Viernes 28 de febrero de 2020 /

El Peruano

económica y administrativa en los asuntos de su competencia; el mismo que es recogido por el Artículo I del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades correspondiéndole al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras; Que, en el Artículo 195 numeral 6 de la misma norma descrita anteriormente, señala como competencia de las Municipalidades: "Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial"; Que, la Ley N° 27189, la Ley de Servicio Especial de Transporte Público de Pasajeros en Vehículos Menores, en su Artículo 3°, sobre la autorización nos indica que es otorgada por la autoridad municipal correspondiente; concordante, en el Art. 3.4° del Decreto Supremo N° 0552010-MTC faculta a las Municipalidades Distritales, otorgar el "PERMISO DE OPERACIÓN" para prestar el servicio especial de transportes público de pasajeros en vehículos menores dentro de la jurisdicción de la autoridad municipal; Que, la Ordenanza Municipal N° 003-2009/MPU-BG Reglamento de Licencia de Conducir para vehículos menores en la ciudad de Bagua Grande Capital de la Provincia de Utcubamba, en concordancia con el Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en su Artículo 2º establece como órgano competente al área de transporte, vialidad y tránsito para otorgar las licencias de conducir de vehículos menores; Que, la Ordenanza Municipal N° 002-2010/MPU-BG establece la escala de infracciones y sanciones para vehículos menores en el ámbito del Distrito de Bagua Grande, descrito según los códigos con letras identificadas como A, B, C, D, E y F; Que, la Ordenanza Municipal N° 006-2010/MPU-BG modifica la anterior norma, estableciendo parámetros de rebaja de 50% a 75%, en beneficio de la población local; Que, la Ordenanza Municipal N° 008-2010/MPUBG precisa la autoridad competente de la rebaja de la papeletas de infracción a las normas de tránsito y transportes, impuestas por la Policía Nacional del Perú División de Tránsito local en el ámbito local, la cual es regulada mediante el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC según Art. 293 sobre el Atenuante de la infracción puede la autoridad competente dar lugar a la reducción o dejar sin efecto de la papeleta o sanción impuesta, sustentado con el principio de legalidad concordante con la presunción de inocencia, y en equivalencia con la medida de principio de oportunidad comprendida y aplicada por el Ministerio Público ; Que, la Ordenanza Municipal Nº 017-2011/MPU-BG Reglamento de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en vehículos menores, para el distrito de Bagua Grande, en su Artículo 9º indica del trámite y la obtención de la autorización para prestar el servicio de transporte público; Que, la Ordenanza Municipal Nº 018-2011/MPU-BG Reglamento de Transporte Público de Pasajeros y Carga en vehículos mayores para La Provincia de Utcubamba, en concordancia con el Decreto Supremo N° 017-2009MTC, en su Artículo 3º indica de la prestación del servicio es autorizado por la comuna local; Que, la Ordenanza Municipal Nº 023-2011/MPU-BG establece la modificatoria a las Ordenanzas Municipales Nº 002-2000/MPU-BG y Nº 002-2003/MPU-BG, sobre ordenamiento del tránsito de conductores y peatones, en el ámbito del Distrito de Bagua Grande; Que, el Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, Reglamento Nacional de Tránsito en su Sección II sobre Señales, Marcas y Dispositivos, hace referencia principalmente a la vía provincial, regional y nacional pavimentada o asfaltada, factible de ser accesible con señalización, demarcación y normalización de la misma para mejorar el tránsito peatonal y vehicular en todo el territorio peruano; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Transporte, en su Artículo 3º sobre Definiciones indica en el ítem 3.69 Servicio de Transporte Mixto, Servicio de transporte de personas y de mercancías en un vehículo autorizado para este tipo de transporte, que se presta en vías de trocha carrozable o no pavimentada; Que, la misma norma nacional descrita anteriormente, en su Décimo Quinta Disposición Complementaria Transitoria autoriza a vehículos mixtos, a brindar servicio

extraordinario en el ámbito de su ruta, mientras la vía no cambie de la condición de trocha carrozable o no pavimentada a vía pavimentada; Que, con Ordenanza Municipal Nº011-2016-MPU/BG, de fecha 15 de julio del 2016 que modifica la Ordenanzas Municipales: N° 003-2009/MPU-BG, N° 002-2010/MPUBG, N° 006-2010/MPU-BG, N° 008-2010/MPU-BG, N° 017-2011/MPU-BG, N° 018-2011/MPU-BG, N° 023-2011/ MPU-BG y N° 017-2015/MPU-BG". Que, con el Informe Nº13-2020-SGTVT/GIDUR/MPU/ BG, de fecha 20 de enero del 2020 suscrito por el Sub Gerente de Transporte, Vialidad, Tránsito, Informe Nº0092019/MPU-BG-GIDUR, de fecha 22 de enero del 2020 suscrito por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural e Informe Legal Nº 18-2020-GAJ/MPUBG, de fecha 23 de enero del 2020 suscrito por el Gerente de Asesoría Jurídica, sugieren modificar los anexos 5 y 6 establecido en el artículo 9 de la ordenanza municipal Nº 011-2016-MPU/BG y adicionar un artículo en el que se apruebe el sistema de emisión de tarjetas de operación y licencias de conducir así como el nivel técnico de seguridad adoptados por la Municipalidad Provincial de Utcubamba. Es necesario precisar, que en virtud a los informes detallados los demás artículos de la Ordenanza Municipal Nº 011-2016-MPU/BG, continuaran en vigencia. Que, el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que las ordenanzas municipales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 5-2020-CMMPU, de fecha 24 de enero del 2020, el concejo Municipal Acuerda por UNANIMIDAD, Aprobar el proyecto de Ordenanza sobre "Ordenanza Municipal que Modifica la Ordenanza Municipal Nº011-2016-MPU/BG. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° numeral 8), artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal se aprobó la siguiente Ordenanza Municipal; "ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2016-MPU/BG" Articulo Primero: APROBAR el sistema de emisión de tarjetas de operación y licencias de conducir así como el nivel técnico de seguridad adoptados por la Municipalidad Provincial de Utcubamba. Que, el sistema detallado en el párrafo precedente consta de los siguientes componentes: Impresora de Tarjetas, Software Licenciado con llave tipo USB, Equipo enrolador y Lector Biométrico de Tarjetas de proximidad. Articulo Segundo: MODIFICAR los anexos 5 y 6 establecido en el artículo 9 de las disposiciones complementarias finales de la ordenanza municipal Nº 011-2016-MPU/BG, estableciendo la redacción que se detallada: "ACTUALIZAR los formatos de impresión de las Tarjeta de habilitación Vehicular (THV) de los transportistas de vehículo menor y mayor, y de la licencia de conducir de vehículo menor, según modelos descritos en Anexos 05 y 06 Articulo Tercero: DISPONER la vigencia de los demás articulo subsistentes de la Ordenanza Municipal Nº 011-2016-MPU/BG, Articulo Cuarto: ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente en el Diario Oficial el Peruano y a la Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información la Publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad Provincial Utcubamba. Regístrese, publíquese y cúmplase HIDELFONSO GUEVARA HONORES Alcalde

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.