Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2020 (04/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 4 de julio de 2020

NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

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por la suma de S/ 6 960 841,00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) y Donaciones y Transferencias por la suma de S/ 20 052 131,54 (VEINTE MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y UNO Y 54/100 SOLES), en el marco del Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801; Que, con Memorándum N° 0868-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe N° 241-2020-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001: Administración General a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 27 012 972,54 (VEINTISIETE MILLONES DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS Y 54/100 SOLES); Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020 a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 27 012 972,54 (VEINTISIETE MILLONES DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS Y 54/100 SOLES), para continuar con la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; y, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 27 012 972,54 (VEINTISIETE MILLONES DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS Y 54/100 SOLES), a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), destinada a la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica N° PER/17/801 titulado "El Fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional"; conforme se señala en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Fuentes de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 4. Donaciones y Transferencias, Categoría Presupuestal 0138: Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5000276: Gestión del Programa, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1869718-1

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de Entidades Ejecutoras para financiar actividades en el marco del PIRDAIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 055-2020-DV-PE Lima, 3 de julio de 2020 VISTO: El Memorando Nº 000536-2020-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla las Actividades, Entidades Ejecutoras e importes a ser transferidos; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 17.1 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", precisándose en el numeral 17.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 17.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 17.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 038-2019-DV-PE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006 denominada "Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM", en el Pliego 12: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, cuyas atribuciones y responsabilidades estarán a cargo de la Oficina Zonal de San Francisco (Sede Pichari); Que, mediante Informe N° 000043-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos, remite la priorización de las Actividades que serán financiadas con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva;

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