Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2020 (15/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 15 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Informe Nº 83-2020-MIDIS/PNPAIS-URRHH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 195-2020-MIDIS/PNPAIS-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional "Plataformas de Acción para la inclusión Social" ­ PAIS"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-MIDIS, se constituye el Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 263-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS"; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 035-2017-MIDIS/PNPAIS, se aprobó el Clasificador de Cargos del Programa Nacional PAIS, el cual fue modificado mediante la Resolución Directoral Nº 015-2018-MIDIS/ PNPAIS; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 070-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Programa Nacional PAIS, en el cual se considera el puesto de jefe de la Unidad Territorial de Piura como cargo de confianza del Programa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 08-2020-MIDIS/PNPAIS de fecha 13 de enero de 2020, se designa temporalmente a la la señora Allison Yanet Mesones Alvarado en el puesto de jefe de la Unidad Territorial Piura con suspensión de sus funciones de Gestora Institucional del Tambo Chonta; Que, mediante Informe Nº 83-2020-MIDIS/PNPAISURRHH la Unidad de Recursos Humanos informa que la mencionada profesional ha presentado su renuncia al puesto de Gestora Institucional del Tambo Chonta, efectiva desde el 07 de julio del 2020, lo imposibilita que siga ejerciendo las funciones de jefa de la Unidad Territorial Piura, otorgadas mediante designación temporal; Que, asimismo, indica que el CAP Provisional del PNPAIS, clasifica al puesto de jefe/a de la Unidad Territorial Piura como empleado de confianza el cual se encuentra vacante; y que en mérito a la evaluación de la hoja de vida del profesional José Luis Calle Sosa quien cumple con los requisitos establecidos del puesto, es necesario realizar las acciones correspondientes, para la designación del citado señor en el puesto de confianza de jefe de la Unidad Territorial Piura; Que, mediante Informe Legal Nº 195-2020-MIDIS/ PNPAIS-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que resulta viable dar por concluida la designación temporal de funciones de la señora Allison Yanet Mesones Alvarado, como jefa de la Unidad Territorial Piura con eficacia anticipada al 07 de julio del presente, y recomienda se designe al señor José Luis Calle Sosa, como jefe de la citada unidad, al amparo de lo previsto en el artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 29792 ­ Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Público; el Decreto Supremo Nº 013-2017-MIDIS, mediante el cual se constituye el Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS"; el Manual de Operaciones del Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 263-2017-MIDIS y la Resolución Ministerial Nº 070-2018-MIDIS, mediante el cual se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Programa Nacional PAIS; Con el visto de las jefaturas de la Unidad de Recursos Humanos; y la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, con eficacia anticipada al 07 de julio de 2020, la designación

temporal de la señora Allison Yanet Mesones Alvarado en el puesto de jefe de la Unidad Territorial Piura, efectuada mediante Resolución Directoral Nº 08-2020-MIDIS/PNPAIS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al señor José Luis Calle Sosa, en el cargo de confianza del puesto de jefe de la Unidad Territorial Piura del Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS". Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Administración las acciones necesarias para la notificación de la presente resolución a la persona mencionada en el artículo 2º, a los jefes de las Unidades Orgánicas, Unidades Territoriales y al Coordinador Técnico del Programa. Artículo 4º.- Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa disponga las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el portal web institucional y en el portal de transparencia del Programa Nacional PAIS. Artículo 5º. - Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. KILLA SUMAC MIRANDA TRONCOS Directora Ejecutiva Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS 1871112-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 007-2020-EF/15.01 Lima, 14 de julio de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo Nº 055-2016-EF que modifica el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, se varía la regulación contenida en los artículos 2, 4 y 7, así como los Anexos II y III de dicha norma; Que, mediante Decreto Supremo Nº 163-2020-EF se establece que las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 199-2019-EF y la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz aprobada por el Decreto Supremo Nº 152-2018-EF, tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2021; Que, de acuerdo a los artículos 4 y 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publican los precios de referencia así como los derechos variables adicionales; Que, en ese sentido corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 30 de junio de 2020 y los derechos variables adicionales respectivos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo Único. Apruébanse los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF:

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