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41 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de julio de 2020 El Peruano / centros de abastos y establecimientos que incumplan las disposiciones dadas por el gobierno central, por lo que en uso de las facultades otorgadas a los gobiernos locales en el artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Informe Nº 063-2020-GDUO-MDMM, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras considera viable y conforme el Proyecto de Ordenanza, indicando que contribuirá a sumar medidas para contrarrestar la propagación del COVID-19; Que, mediante Informe Nº xxx-2020-GPP-MDMM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable al proyecto de Ordenanza propuesto; Que, mediante Informe Nº 274-2020-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la viabilidad del proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con en el numeral 8 del artículo 9º, artículo 39º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, el Concejo Municipal, voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente;ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 087-2020-MDMM, ORDENANZA QUE APRUEBA MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID - 19 EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero .- APROBAR las “Medidas Preventivas de Bioseguridad Frente al COVID-19 a tomar en consideración en los establecimientos públicos y privados, mercados, supermercados y centros de abastos en el Distrito de Magdalena del Mar”, las mismas que se encuentran en el Anexo 1 y son parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo .- MODIFICAR el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 087-2020-MDMM, Ordenanza que aprueba medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID - 19 en el distrito de Magdalena del Mar, bajo lo siguiente: “Artículo Quinto.- INCLUIR nuevos códigos de infracción en el en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) vigente, aprobado por Ordenanza Nº 030-2015-MDMM, bajo lo siguiente: CÓDIGO INFRACCIÓN % BASE MEDIDA COMPLEMENTARIA 1520Por atender al público sin emplear mascarillas, ni guantes, ni contar con uniforme de trabajo durante la Emergencia Sanitaria.100 UIT Clausura temporal 1521Por no implementar elementos para el lavado de manos (agua y jabón u otro semejante) en los servicios higiénicos, durante la Emergencia Sanitaria.50 UIT Clausura temporal 1522Por brindar acceso y/o atención al público; durante las horas de Inmovilización Social Obligatoria.100 UIT Clausura temporal 1523Por no reducir el aforo dentro del establecimiento al 50% del autorizado mediante licencia de funcionamiento correspondiente, durante la Emergencia Sanitaria o aquel determinado por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres.200 UIT Clausura temporal 1524Por permitir, dentro del establecimiento, aglomeraciones y/o no controlar que los consumidores y comerciantes mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro, a fin de evitar posibles contagios; durante el Estado de Emergencia Nacional.200 UIT Clausura temporal 1525Por no desinfectar mínimo un día por semana; mientras dure la emergencia sanitaria100 UIT Clausura temporal 1526 No realizar a los trabajadores el descarte del COVID-19. 50 UIT Clausura temporal 1527 No Implementar la desinfección de las canastillas, coches u otros de transporte de alimentos.50 UIT Clausura temporal 1528 Permitir que los trabajadores ingresen y brinden servicios al púbico con algún síntoma respiratorio.100 UIT Clausura temporal 1529Por permitir que sus asociados y/o propietarios de puestos atienda al público sin emplear mascarillas, ni guantes u otros.80 UIT Clausura temporal 1530Por permitir, dentro del local o puesto, aglomeraciones y/o no controlar que los consumidores y comerciantes mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro, a fin de evitar posibles contagios; durante el Estado de Emergencia Sanitaria.80 UIT Clausura temporal 1531 No colocar a fiches impresos que enseñen la técnica del lavado de manos.20 UIT Clausura temporal 1532 Por no exhibir en un lugar visible al ingreso del establecimiento los siguientes documentos:1) Certi ficado de Desinfección vigente 2) Certi ficado ITSE vigente. 3)Licencia de Funcionamiento20 UIT Clausura temporal 1533Por realizar espectáculos públicos y/o privados, de cualquier naturaleza (actividades culturales, deportivas, de ocio, otros), durante el periodo de Estado de Emergencia Sanitaria.400 UITClausura de finitiva/ Retención/Decomiso. 1534Por publicitar, vender u otorgar entradas de la actividad o espectáculo programado a realizarse dentro del territorio del distrito de Magdalena del Mar, durante el periodo de Estado de Emergencia Sanitaria.200 UITClausura temporal/ Retención 1535Por permitir la utilización de canchas sintéticas y/o similares, para la práctica deportiva, durante el Estado de Emergencia Sanitaria.150 UIT Clausura temporal