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11 NORMAS LEGALES Jueves 12 de marzo de 2020 El Peruano / Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC, emitida el 05 de junio de 2018, y publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 08 de junio de 2018, se aprobó la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC “Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 001-2020-VMPCIC-MC, emitida el 06 de enero de 2020, y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 08 de enero de 2020, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2020, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de acuerdo al numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, “Determinada la protección provisional de un bien que presuntamente constituye Patrimonio Cultural de la Nación, se inicia el trámite para su declaración y delimitación de fi nitiva en el plazo máximo de un (1) año calendario, prorrogable por otro año más, debidamente sustentado”; Que, mediante Resolución Directoral N° 074-2019-DGPA-VMPCIC/MC, de fecha 28 de febrero de 2019, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 12 de marzo de 2019, y con ello, dando lugar al surtimiento de sus efectos, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble resuelve determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio Huando”, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 000167-2020-DSFL/ MC, de fecha 06 de marzo de 2020, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite el Informe N° 000023-2020-DSFL-HHP/MC, de fecha 04 de marzo de 2020, en el que se recomienda emitir resolución directoral de prórroga de la determinación de la protección provisional del referido monumento arqueológico prehispánico; Que, en el Informe N° 000023-2020-DSFL-HHP/MC, se precisa como sustento para la prórroga de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio Huando”, que el procedimiento administrativo para propiciar su declaratoria y delimitación de fi nitiva aún no concluye, encontrándose a la fecha pendiente la elaboración del informe de diagnóstico técnico legal correspondiente; Que, mediante Informe Nº 000094-2020-DGPA-LRS/ MC, de fecha 09 de marzo de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble sostiene que la solicitud formulada por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal se encuentra dentro de los alcances del numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; por lo que recomienda la emisión de acto resolutivo concediendo la prórroga de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio Huando”, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, por el plazo de un año adicional al otorgado con Resolución Directoral N° 074-2019-DGPA-VMPCIC/MC, a fi n de que se concluya con el procedimiento de identi fi cación, declaración y delimitación de fi nitiva del referido monumento arqueológico prehispánico; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio Huando”, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, por el término de un año adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 074-2019-DGPA-VMPCIC/MC, de fecha 28 de febrero de 2019, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 12 de marzo de 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, la conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural los alcances de la presente resolución, a fi n de que, en ejercicio de sus funciones y atribuciones, determine proseguir con las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional que resulten necesarias para la protección y conservación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Provincial de Huaral, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Sexto.- ANEXAR a la presente resolución, el Informe N° 000023-2020-DSFL-HHP/MC, el Informe N° 000167-2020-DSFL/MC, y el Informe Nº 000094-2020-DGPA-LRS/MC, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJIA HUAMÁN Director GeneralDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1863383-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban operación de endeudamiento externo con el BID DECRETO SUPREMO N° 049-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:Que, el artículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 016- 2019, Decreto de Urgencia para el Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que las operaciones de endeudamiento comprendidas en los alcances de los incisos 1 y 2 del párrafo 3.1 e incisos 1 y 2 del párrafo 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, que al 31 de diciembre de 2019 se encuentren en trámite, pueden ser aprobadas en el primer trimestre del Año Fiscal 2020, en el marco de la ley antes citada; Que, en el Año Fiscal 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas inicia el trámite de aprobación de una operación de endeudamiento externo correspondiente al destino Apoyo a la Balanza de Pagos, en el marco de la autorización de endeudamiento externo contenida en el inciso 2 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 30881; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 30881, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 378 945 729,00 (UN MIL TRESCIENTOS SETENTA