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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2020 (12/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 12 de marzo de 2020 / El Peruano Equipamiento del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED. Artículo 3°.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal correspondientes. Artículo 4°.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED (www.pronied.gob.pe) y disponer su publicación en el diario O fi cial el Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RODRIGO AURELIO GARCIA - SAYAN RIVAS Director EjecutivoPrograma Nacional de Infraestructura Educativa 1864048-2 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2020-IN Lima, 10 de marzo de 2020VISTOS, el O fi cio N° 345-2020-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 000451-2020/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2017- JUS de fecha 18 de enero de 2017, el Estado Peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Nehemias Morales Trujillo formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Huánuco y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de: i) Homicidio cali fi cado en agravio de Carlos Enrique Ceopa Tello, ii) Lesiones dolosas graves en agravio de Weyder Isla Luna y iii) Asociación Ilícita en agravio del Estado peruano, y dispone su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con O fi cio N° 2717-2020-SDGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 02 de marzo de 2020, la O fi cina Central Nacional INTERPOL – Lima comunica la designación del Capitán de la Policía Nacional del Perú Ricardo Zeballos Roca y del Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Willian Junior Nuñez Mantilla, como encargados de la ejecución de la extradición del ciudadano peruano Nehemias Morales Trujillo, del 12 al 16 de marzo de 2020; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 79-2020-COMGEN-DIRASINT-DIVABI de fecha 06 de marzo de 2020, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Ricardo Zeballos Roca y del Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Willian Junior Nuñez Mantilla, propuestos por la O fi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, para que ejecuten la extradición antes citada, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, del 12 al 16 de marzo de 2020; Que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú la ejecución de la citada extradición, considerando que la lucha contra el delito es un objetivo vital de la comunidad de naciones y constituye un elemento trascendental de la política exterior de los estados, asimismo es el mecanismo efi caz para superar los límites de soberanía, para la entrega de un individuo por delito común, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo señala el Ofi cio N° 1351-2020-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú y los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje, son asumidos por el Poder Judicial del Perú, conforme lo precisa el O fi cio N° 2717-2020-SDGPNP/DIRASINT PNP/ OCN INTERPOL L-DEPICJE; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.