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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2020 (12/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Jueves 12 de marzo de 2020 / El Peruano Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Andahuaylas – Pampachiri – Negromayo, tramo: Andahuaylas – Huancabamba”; y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 17,032.90, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEX O VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA ANDAHUAYLAS – PAMPACHIRI – NEGROMAYO, TRAMO: ANDAHUAYLAS - HUANCABAMBA IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO CÓDIGO: ANDNEG-AH-TAPAY-075AREA AFECTADA: 370.10 m2AFECTACIÓN: Parcial del InmuebleVALOR DE LA TASACIÓN (S/) COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALROMAN MORAN HIPOLITOLINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda con el área remanente de la U.C 00052 con 66.41 m. • Por el Sur: Colinda con la carretera Andahuaylas – Huancabamba con 63.91 m. • Por el Este: Colinda con la U.C 00017 con 8.27m. • Por el Oeste: Colinda con la U.C 00050 con 6.53 m.1 1-2 8.27 675538.5060 8488492.0652 17,032.90 2 2-3 11.46 675532.2732 8488486.6321 3 3-4 4.43 675522.4596 8488492.54624 4-5 3.27 675518.4156 8488494.36635 5-6 3.98 675515.3013 8488495.35416 6-7 4.13 675511.4198 8488496.23407 7-8 7.09 675507.3230 8488496.74458 8-9 17.25 675500.2918 8488497.68249 9-10 12.30 675483.0688 8488498.6068 10 10-11 6.53 675470.7755 8488499.0085 11 11-12 2.26 675473.9027 8488504.7378 12 12-13 10.06 675476.1579 8488504.569813 13-14 19.28 675486.2174 8488504.865814 14-15 0.45 675505.2674 8488501.8944 15 15-16 2.14 675505.7179 8488501.8344 16 16-17 2.15 675507.8328 8488501.524517 17-18 2.16 675509.9554 8488501.182218 18-19 2.17 675512.0847 8488500.804619 19-20 2.19 675514.2195 8488500.388720 20-21 2.20 675516.3587 8488499.931621 21-22 2.30 675518.5008 8488499.430322 22-23 5.34 675520.7290 8488498.860123 23-1 13.71 675525.8476 8488497.3333 PARTIDA REGISTRAL: N° 40003576 perteneciente a O fi cina Registral de Andahuaylas de la Zona Registral Nº X, Sede Cusco CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Publicidad N° 5762930 de fecha 10.09.2019 (Informe Técnico N° 11294-2019-SUNARP-Z.R.N.X.UREG/C), de la O fi cina Registral de Andahuaylas de la Zona Registral Nº X, Sede Cusco. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Partida N° 40003576, del 25.09.2019, de la O fi cina Registral Andahuaylas, Zona Registral N° X, Sede Cusco. 1863641-1