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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2020 (31/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Martes 31 de marzo de 2020 El Peruano / 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1865254-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 del Ministerio de Agricultura y Riego a favor del Gobierno Regional del departamento de Cajamarca y de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 062-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el literal e) del numeral 19.1 del artículo 19 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone la asignación de recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, hasta por la suma de S/ 158 963 004,00 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, para el fi nanciamiento de los fi nes del Fondo Sierra Azul; Que, el numeral 60.1 del artículo 60 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, dispone que durante el Año Fiscal 2020, el Fondo Sierra Azul fi nancia y/o co fi nancia proyectos de inversión de riego, apoyo al desarrollo productivo, siembra y cosecha de agua y riego tecni fi cado viables o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, presentados por los tres niveles de gobierno y cuya ejecución está a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el numeral 60.2 del artículo 60 del citado Decreto de Urgencia, autoriza al Ministerio de Agricultura y Riego, durante el Año Fiscal 2020, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, previa suscripción del convenio respectivo, las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Agricultura y Riego, a propuesta de este último; disponiéndose en el numeral 60.3 del citado artículo, que, los recursos del Fondo Sierra Azul se incorporan en los pliegos correspondientes, en el marco de la normatividad que regula dicho Fondo, hasta el 28 de junio de 2020; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Ofi cio N° 020-2020-MINAGRI-DM, solicita una Transferencia de Partidas en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2020 del pliego Ministerio de Agricultura y Riego a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca y de siete (07) Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de ocho (08) Proyectos de Inversión, con los cuales ha suscrito los respectivos convenios, en el marco del artículo 60 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 hasta por la suma de S/ 35 102 759,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) del pliego Ministerio de Agricultura y Riego a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca y de siete (07) Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de ocho (08) Proyectos de Inversión en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal e) del numeral 19.1 del artículo 19 y en el artículo 60 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 35 102 759,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Agricultura y Riego a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca y de siete (07) Gobiernos Locales, para fi nanciar ocho (08) Proyectos de Inversión, en el marco del artículo 60 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura y RiegoUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura – Administración Central CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para Uso Agrario PROYECTO 2005898 : Construcción de Sistema de Riego FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 35 102 759,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 35 102 759,00 =========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGO 445 : Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 6 853 278,00 ------------------ Sub Total Gobierno Regional 6 853 278,00 ------------------