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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2020 (13/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de mayo de 2020 El Peruano / dicha autoridad, las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, se podrán convocar y desarrollar de manera virtual o remota, garantizándose su naturaleza pública, utilizando mecanismos tecnológicos que permite la normativa vigente aplicable para el sector público”. Artículo Segundo.- RATIFICAR; en sus demás extremos lo dispuesto en la Ordenanza Nº 091-MDLCH. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe) Regístrese, publíquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1866276-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San Luis ORDENANZA N° 292-MDSL/C San Luis, 26 de marzo de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS. POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO:El Informe N° 290-2019-MDSL-GPES-SGSBS de la Sub Gerencia Salud y Bienestar Social, el Memorando N° 080-2020-GPEP-MDSL de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, el Memorando N° 041-2020-MDSL/GPES de la Gerencia de Promoción Económico y Social y el Informe Legal N° 069-2020-MDSL/GAJ; entre otros; sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2.11 del inciso 2 del artículo 84 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son funciones específicas y exclusivas de las municipalidades distritales ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia; Que, en ese sentido la Gerencia de Promoción Económico y Social mediante el Memorándum N° 041-2020-MDSL/GPES, remite el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad distrital de San Luis, conjuntamente con el Acta N° 2 de la Asamblea de fecha 18 de febrero de 2020 del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche a través del cual se aprueba por unanimidad el citado Reglamento; Que, al respecto la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto mediante Memorándum N° 080-2020-GPEP/MDSL formuló observaciones al contenido de los artículos 28 y 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San Luis, proponiendo su modi fi cación conforme a los términos detallados en el referido Memorando; siendo que, habiéndose puesto a consideración del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, éste, en Asamblea realizada el 18 de febrero del 2020 decidió acoger dichas observaciones aprobándose en consecuencia la modi fi cación de los artículos antes citados y quedando consolidado el texto de fi nitivo de su Reglamento de Organización y Funciones; Que, en ese sentido la Gerencia de Asesoría Jurídica con el Informe Legal N° 069-2020-MDSL/GAJ señala que considerando que el citado Reglamento ha sido elaborado y aprobado por quien legalmente tiene la competencia para hacerlo, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 27470 y demás normas aplicables al Programa del Vaso de Leche; en consecuencia, considera jurídicamente viable la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Programa del Vaso de Leche del Distrito de San Luis. Por su parte la Comisión de Asuntos Sociales a través del Dictamen N° 002-2020-CAS/MDSL, aprueba por unanimidad la aprobación de la ordenanza en mención; Estando al uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, aprueba por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San Luis, que consta en sus cuarenta y ocho (48) artículos, seis (6) disposiciones transitorias y una (1) disposición complementaria, distribuidos en catorce (14) capítulos y cinco (5) subcapítulos, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- OTORGAR facultades al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Promoción Económico y Social y a la Subgerencia de Salud, DEMUNA y Programas Sociales, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DÉJESE SIN EFECTO, cualquier norma que se contraponga a la presente norma. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del texto íntegro de la norma en el portal institucional de esta Municipalidad (www. munisanluis.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1866280-1