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28 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de mayo de 2020 / El Peruano Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1866238-9 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban Tarifario que establece monto de retribución económica que deben transferir diversas entidades públicas a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago a sociedades de auditoría RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 135-2020-CG Lima, 11 de mayo de 2020VISTOS:La Hoja Informativa N° 000014-2020-CG/ASOA del Área de Sociedades de Auditoría de la Gerencia de Administración, los Memorandos N° 000724 y 000688-2020-CG/GAD de la Gerencia de Administración; y, la Hoja Informativa N° 000137-2020-CG/GJN de la Gerencia Jurídico Normativa, de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, las sociedades de auditoría son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, y son designadas, previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, asimismo se señala en el artículo referido precedentemente que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, la Nonagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2019, establece que las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 432- 2018-CG, de 23 de agosto de 2018, Resolución de Contraloría N° 105-2019-CG, de 22 de marzo de 2019 y Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, de 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprobó los Tarifarios que establecen el monto de la retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría que, incluyen a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicio de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas, y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regional y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 009-2018- CG/NORM, “Gestión de Sociedades de Auditoría”, cuya versión actualizada fue aprobada con Resolución de Contraloría N° 509-2018-CG, establece que el proceso de designación de sociedades de auditoría se inicia después que las Entidades efectúen las transferencias fi nancieras a la Contraloría General de la República conforme al Tarifario aprobado por Resolución de Contraloría; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría N° 030-2019-CG, y modi fi catorias, la Gerencia de Administración es responsable de administrar, entre otros, los procesos de designación y contratación de sociedades de auditoría, en virtud a lo cual propone la aprobación del proyecto de Tarifario; Que, el mencionado proyecto de Tarifario establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos locales, universidades, proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, que forman parte del Cronograma Anual de los Concursos Públicos del 2019, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría, a efectos de que esta Entidad Fiscalizadora Superior a través de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, solicite a las referidas entidades realizar las respectivas transferencias fi nancieras; Que, a través de la Hoja Informativa N° 000014- 2020-CG/ASOA del Área de Sociedades de Auditoría y el Memorando N° 000688-2020-CG/GAD, precisado por el Memorando N° 000724-2020-CG/GAD, de la Gerencia de Administración, se sustenta técnicamente la propuesta de Tarifario que establecerá el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las SOA por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, Universidades y Proyectos, deben transferir a la CGR para la contratación y pago a las SOA; Que, estando a las consideraciones expuestas, y conforme a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa N° 000137-2020-CG/GJN, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000108-2020-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el Tarifario correspondiente al monto de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de