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16 NORMAS LEGALES Jueves 5 de noviembre de 2020 / El Peruano VISTO: El Memorándum Nº 1544-2020-MIDIS/PNCM/ UGTH de fecha 3 de noviembre de 2020, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe Nº 1022-2020-MIDIS/PNCM/UAJ de fecha 4 de noviembre de 2020, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 2029-2019-MIDIS/PNCM de fecha 27 de noviembre de 2019 se designa a la señora Edith Milagros Ramos Silva como Jefa de la Unidad Territorial Lima Metropolitana del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante Memorándum Nº 1544-2020-MIDIS/ PNCM/UGTH fecha 3 de noviembre de 2020, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica el término de la referida designación así como la propuesta para designar a la señora Diana María Doroteo Alegre en dicho cargo precisando que se ha procedido a veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos requeridos para el cargo en mención, conforme al Manual de Per fi les de Puestos del PNCM, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM, los cuales se encuentran conformes; Que, mediante Informe Nº 1022-2020-MIDIS/PNCM/ UAJ de fecha 4 de noviembre de 2020, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más; el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 11-2018-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora EDITH MILAGROS RAMOS SILVA, en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Lima Metropolitana, siendo su último día de labores el 4 de noviembre de 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora DIANA MARIA DOROTEO ALEGRE, en el cargo de Jefa de la Unidad Lima Metropolitana, a partir del 5 de noviembre de 2020. Artículo 3.- Noti fi car la presente resolución a las citadas servidoras y a la Unidad de Gestión del Talento Humano. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.LUIS ALBERTO VALDIVIA ESPINOZA Director EjecutivoPrograma Nacional Cuna Más 1900281-3 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo DECRETO SUPREMO Nº 342-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, establece la facultad de modi fi car la lista de bienes y servicios de los Apéndices I y II, según corresponda, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT; Que, es conveniente modi fi car el Literal A del Apéndice I de la citada norma, a fi n de incluir y excluir como bienes exonerados del Impuesto General a las Ventas diversas partidas arancelarias de fertilizantes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1. Modi fi cación del Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo 1.1 Inclúyese en el Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias: PARTIDA ARANCELARIAPRODUCTOS 2833.21.00.00 Sulfato de magnesio, para uso agrícola 3102.29.00.00Sales dobles y mezclas entre sí de sulfato de amonio y nitrato de amonio, para uso agrícola 3102.30.00.10Nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa, con un contenido de nitrógeno total inferior o igual a 34,5% y densidad aparente superior a 0,85 g/ml (calidad fertilizante) 3102.60.00.00Sales dobles y mezclas entre sí de nitrato de calcio y nitrato de amonio, para uso agrícola 3102.90.90.00Los demás abonos minerales o químicos nitrogenados, excepto las mezclas de nitrato de calcio con nitrato de magnesio, para uso agrícola 3105.10.00.00Productos del Capítulo 31 en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg, para uso agrícola 3105.59.00.00Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y fósforo; excepto los que contengan nitratos y fosfatos, para uso agrícola 3105.90.90.00 Los demás abonos, para uso agrícola. 1.2 Exclúyese en el Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias: PARTIDA ARANCELARIAPRODUCTOS 3103.19.00.00Superfosfatos con un contenido de pentóxido de difósforo (P2O5) inferior al 35 % en peso 3104.20.90.00Solo: Cloruro de potasio, con un contenido de potasio, superior o igual a 22% pero inferior a 58% en peso, expresado en óxido de potasio (calidad fertilizante) Artículo 2. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Vigencia El Decreto Supremo entra en vigencia a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1900332-3