Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2020 (04/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 4 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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CULTURA
Modifican las Bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción 2020"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 000160-2020-VMPCIC/MC San Borja, 2 de octubre del 2020 VISTOS; el Informe Nº 000275-2020-DAFO/MC, de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; el Informe Nº 000400-2020-DGIA/MC, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, el Informe Nº 000399-2020- OGAJ/MC, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, la Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía peruana y su modificatoria, tiene entre sus objetivos fundamentales fomentar la creación y producción de obras cinematográficas peruanas, prestando una especial atención a los nuevos realizadores y con el propósito fundamental de posibilitar el perfeccionamiento artístico y técnico de la cinematografía nacional; impulsar la promoción y difusión nacional e internacional del cine peruano, fomentando una efectiva integración de la cinematografía latinoamericana; e instituir el Concurso de Proyectos Cinematográficos, y organizar festivales, concursos y otros acontecimientos cinematográficos semejantes; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 039-2020-VMPCIC- MC, se aprueba el "Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas para el año 2020", que incluye el Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción; el mismo que se modifica por el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 000138-2020-VMPCICMC, respecto al monto a entregarse en el año 2020 en el mencionado concurso nacional; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 049-2020-VMPCIC-MC y modificatorias, se aprueban, entre otras, las Bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2020"; Que, de conformidad con el numeral 78.2 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene entre sus funciones elaborar y elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas, Fonográficas y Editoriales, así como las bases y sus respectivos formatos, para su aprobación, de conformidad con la normatividad legal vigente; Que, con el Informe Nº 000400-2020-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, remite y hace suyo el Informe Nº 000275-2020-DAFO/MC de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, mediante el cual se señala que, a partir de la modificación del Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas para el año 2020, se considera necesario modificar las bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2020", en la parte correspondiente al numeral IX denominado "De los Apoyos Económicos"; Que, conforme al numeral 9.5 del artículo 9 del precitado ROF del Ministerio de Cultura, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene la función de supervisar el desarrollo del proceso de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas; así

como aprobar el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas, elevado por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; Que, en ese sentido, resulta pertinente modificar las Bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción ­ 2020"; Con las visaciones de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía peruana y su modificatoria; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el numeral IX de las Bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2020", aprobadas mediante la Resolución Viceministerial Nº 049-2020-VMPCIC/MC y modificatorias, quedando redactado de la siguiente manera: "IX. DE LOS APOYOS ECONÓMICOS A nivel nacional, se otorgarán apoyos económicos no reembolsables, por la suma total máxima de S/ 6 750 000,00 (seis millones setecientos cincuenta mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas ganadoras (...)". Artículo 2.- Disponer que los demás extremos de las Bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2020", aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 049-2020-VMPCIC-MC y modificatorias, se mantienen vigentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución viceministerial en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1890191-1

DEFENSA
Declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2020, Promoción 2021, del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0555-2020­DE/EP Lima, 2 de octubre de 2020 VISTO: El oficio N° 1444/A-2.a/02.00 del Comandante General del Ejército, de fecha 17 de setiembre de 2020; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de ascensos tienen por finalidad garantizar una línea de carrera profesional sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los oficiales al grado militar inmediato superior; desarrollados en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente;

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