Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2020 (04/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de octubre de 2020 /

El Peruano

Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo, permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008DE, y sus modificatorias, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes: a) Cuadro Orgánico de Oficiales aprobado para el año siguiente al proceso de ascensos; b) Efectivo de Oficiales al mes de julio del año del proceso de ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del proceso de ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; las vacantes se determinan por promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formación, promociones de ingreso para los Oficiales de procedencia Universitaria; y clasificaciones y especialidades; Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701 establece un periodo de transitoriedad para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 29108, que será hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025; Que, el Decreto Supremo N° 002-2018-DE contempla la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley N° 29108 a partir del Proceso de Ascenso 2018, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 6 del referido Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 574-2016DE/SG, de fecha 27 de mayo de 2016, se aprobaron los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas para el período 2017-2021; Que, con Resolución Ministerial N° 513-2018-DE/ SG, de fecha 18 abril 2018, se aprobó la modificación del Plan Estratégico Institucional en el Área de Personal del Ejército del Perú, para ser aplicado hasta el año 2021; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 407-2020-DE/SG, del 17 de julio de 2020, se aprobó la Directiva General N° 014-2020-MINDEF/VRD/ DGRRHH/DIPEM, "Normas para el desarrollo de los procesos de ascensos año 2020 (Promoción 2021) y pase a la Situación Militar de Retiro por la causal de Renovación (año 2020) para el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas"; Que, con Decreto Supremo N° 009-2020/DE, de fecha 01 de septiembre de 2020, se aprobaron los cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2021; Estando a lo recomendado por el Director de Personal del Ejército y a lo propuesto por el Comandante General del Ejército del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar las vacantes para el Proceso de Ascenso 2020, Promoción 2021, del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú, de acuerdo a las Armas, Servicios y Especialidades según se indica a continuación: 1. OFICIALES GENERALES 1.1 A General de División: Hasta cuatro (04) vacantes
PROMOCIÓN 1987 1988 ARMAS HASTA 01 HASTA 03

1.2 A General de Brigada: Hasta veintiún (21) vacantes a. De Armas: Hasta diecisiete (17) vacantes
PROMOCIÓN AGO 1990 1992 1993 INF 2 2 2 CAB 1 2 1 ART 1 1 1 ING 0 2 1 COM 0 0 1 TOTAL HASTA 04 HASTA 07 HASTA 06

b. De Servicios: Hasta cuatro (04) vacantes
PROMOCIÓN AGO 1990 1991 1992 SERVICIOS EMCH 2 0 0 P. UNIV 0 1 1 SUB TOTAL MATERIAL DE GUERRA: HASTA 01 INTENDENCIA: HASTA 01 SAN MED: HASTA 01 SERV. JURÍDICO: HASTA 01

2. OFICIALES SUPERIORES 2.1 Al grado de Coronel: Hasta noventa y cinco (95) vacantes. a. De Armas: Hasta setenta (70) vacantes
PROMOCIÓN 1994 1995 Jul-95 1996 1997 1998 INF 6 5 5 3 3 14 CAB 1 1 0 1 1 4 ART 1 1 1 1 1 5 ING 1 2 1 1 1 4 COM 0 1 1 1 1 2 TOTAL HASTA 09 HASTA 10 HASTA 08 HASTA 07 HASTA 07 HASTA 29

b. De Servicios: Hasta veinticinco (25) vacantes
PROMOCIÓN 1992 1994 1995 JUL 1995 1996 1997 1998 SERVICIOS EMCH 0 1 0 1 0 0 2 P. UNIV 1 3 2 0 1 1 2 SUB TOTAL SAN ODO: HASTA 01 INTENDENCIA: HASTA 01 SAN ODO: HASTA 02 SAN VET: HASTA 01 SERV. JURÍDICO: HASTA 01 SAN ODO: HASTA 01 INTENDENCIA: HASTA 01 SAN ODO: HASTA 01 SAN VET: HASTA 01 MATERIAL DE GUERRA: HASTA 01 INTENDENCIA: HASTA 01 SERV. JURÍDICO: HASTA 01 SAN VET: HASTA 01 SERV. JURÍDICO: HASTA 01 SAN MED: HASTA 01 SAN ODO: HASTA 01 SAN FARM: HASTA 01 SERV. JURÍDICO: HASTA 03 SAN MED: HASTA 01 SAN ODO: HASTA 01 CYTE: HASTA 01 SAN MED: HASTA 01

1999

0

4

2000 2002

0 0

6 1

2.2 Al grado de Teniente Coronel: Hasta ciento cuarenta y cinco (145) vacantes. a. De Armas: Hasta ciento tres (103) vacantes
PROMOCIÓN 1999 2000 INF CAB ART ING COM INTG 4 4 2 3 1 2 1 1 1 1 0 0 TOTAL HASTA 09 HASTA 11

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