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10 NORMAS LEGALES Domingo 4 de octubre de 2020 / El Peruano 4.2 Al grado de Teniente: Hasta sesenta (60) vacantes. PROMOCIÓ NSERVICIOSSUB TOTALP. UNIV 2019 60 INTENDENCIA: HASTA 07 SAN. VETERINARIA: HASTA 08 PEF: HASTA 04SAN. PSICOLOGÍA: HASTA 15CYTE: HASTA 26 Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 1890268-1 Declaran las Vacantes para el ascenso del Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú, Promoción 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0556-2020 DE/MGP Lima, 2 de octubre de 2020VISTO:El O fi cio Especial N° 781/51 del Comandante General de la Marina, de fecha 17 de setiembre de 2020. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de ascensos tienen por fi nalidad garantizar una línea de carrera profesional sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los O fi ciales al grado militar inmediato superior; desarrollados en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, y sus modi fi catorias, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes; a) Cuadro Orgánico de O fi ciales aprobado para el año siguiente al proceso de ascenso; b) Efectivo de O fi ciales al mes de julio del año del proceso de ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del proceso de ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; las vacantes se determinan por promociones de egreso para los O fi ciales procedentes de las Escuelas de Formación, promociones de ingreso para los O fi ciales de procedencia Universitaria; y clasi fi caciones y especialidades; Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701 establece un periodo de transitoriedad para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 29108, que será hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025; Que, el Decreto Supremo N° 002-2018-DE contempla la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley N° 29108 a partir del Proceso de Ascenso 2018, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 7 del referido Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 574-2016- DE/SG de fecha 27 de mayo del 2016, se aprobaron los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2017-2021; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 308-2020- DE/SG de fecha 28 de mayo de 2020, se aprobó la modi fi cación del Plan Estratégico Institucional en el Área de Personal de la Marina de Guerra del Perú, para ser aplicado hasta el año 2021; Que, con Resolución Ministerial Nº 407-2020 DE/ SG de fecha 17 de julio de 2020, se aprobó la Directiva General N° 014-2020-MINDEF/VRD/DGRRHH/DIPEM, “Normas para el desarrollo de los procesos de ascenso año 2020 (Promoción 2021) y pases a la Situación Militar de Retiro por la causal de Renovación (año 2020) para el Personal de O fi ciales de las Fuerzas Armadas”; Que, con Decreto Supremo N° 009-2020-DE del 1 de setiembre de 2020, se aprobaron los cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2021; Estando a lo recomendado por el Director General del Personal de la Marina y a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar las Vacantes para el ascenso del Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú, Promoción 2021, de acuerdo a las Clasi fi caciones, Sub-Clasi fi caciones, Especialidades y Promociones, según se indica a continuación: 1.- A Vicealmirante: Hasta DOS (02) a. Comando General: Hasta DOS (02)(1) Promoción 1987 CERO (00) (2) Promoción 1988 Hasta DOS (02) 2.- A Contralmirante: Hasta QUINCE (15)a. Comando General y Especialistas: Hasta DOCE (12)(1) Comando General: Hasta DOCE (12)(a) Promoción 1990 CERO (00) (b) Promoción 1992 Hasta DOS (02)(c) Promoción 1993 Hasta DIEZ (10) (2) Especialistas: CERO (00)(a) Promoción 1991 CERO (00)b. Servicios: Hasta TRES (03)(1) Capitanías y Guardacostas: Hasta UNO (01)(a) Promoción 1992 (Proc. ESNA) Hasta UNO (01)(2) Administración: Hasta UNO (01)(a) Promoción 1992 (Proc. ESNA) Hasta UNO (01) (b) Promoción 1993 (Proc. ESNA) CERO (00) (3) Sanidad Naval (Médico Cirujano): Hasta UNO (01)(a) Promoción 1991 Hasta UNO (01) (b) Promoción 1993 CERO (00)(c) Promoción 1995 CERO (00) (4) Sanidad Naval (Odontólogo): CERO (00)(a) Promoción 1992 CERO (00)(5) Cuerpo Jurídico: CERO (00)(a) Promoción 1993 CERO (00)(b) Promoción 1995 CERO (00)3.- A Capitán de Navío: Hasta CINCUENTA Y TRES (53)