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12 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la Gestión de las Tabletas y sus complementos en Instituciones Educativas Públicas de la Educación Básica Regular”, la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1890384-1 Designan Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 404-2020-MINEDU Lima, 5 de octubre de 2020 VISTOS, el Expediente N° SG2020-INT-0115347, el Informe N° 00168-2020-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 181-2020-MINEDU se designa al señor JAMES ALEXANDER PAJUELO ORBEGOSO en el cargo de Secretario General del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñado, por lo que resulta necesario aceptar la misma y designar a la persona que ejercerá el referido cargo; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JAMES ALEXANDER PAJUELO ORBEGOSO, al cargo de Secretario General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor MARCO ANTONIO CASTAÑEDA VINCES en el cargo de Secretario General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1890652-1 Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 405-2020-MINEDU Lima, 5 de octubre de 2020VISTOS, el Expediente N° DMM2020-INT-0115592, el Informe N° 00169-2020-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor (a) II del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación;Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JAMES ALEXANDER PAJUELO ORBEGOSO, en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1890654-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de San Martín, destinada para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 304-2020-MINEM/DM Lima, 5 de octubre de 2020 VISTOS: El Informe No 699-2020-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 043-2020-MINEM-OGPP/OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 632-2020-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1336, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el proceso de formalización minera integral, señala que el objeto de las citadas disposiciones es que dicho proceso sea coordinado, simpli fi cado y de aplicación a nivel nacional; Que, de conformidad con lo establecido por el inciso ii) del literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) se encuentra autorizado para realizar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral; Que, el citado literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que las transferencias fi nancieras indicadas en el considerando precedente se fi nancian por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas – Central, y deben aprobarse previa suscripción de convenio entre el MINEM y los Gobiernos Regionales; Que, el mismo literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que los Gobiernos