Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (23/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2020 / El Peruano de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único. Designar, a partir de la fecha, al señor JORGE ENRIQUE MELENDEZ CELIS, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección de Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1896279-1 Designan Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 176-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 22 de octubre del 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 123-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 02 de setiembre de 2020, se encargó las funciones de Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, al Ing. Fredy Erick Bohorquez Cosi, quien ejerce dicho cargo en adición a sus funciones hasta que se designe a su titular; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la encargatura en mención, y se designe a su Titular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la encargatura del Ing. Fredy Erick Bohorquez Cosi como Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de encargatura el día 22 de octubre de 2020. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del día 23 de octubre de 2020, al Ing. JOSE JAVIER NARVAEZ LOPEZ como Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANGELLO TANGHERLINI CASAL Director EjecutivoPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1896222-1Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar los gastos derivados de la contratación de sociedad de auditoría externa INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL N° 0114-2020-INIA Lima, 21 de octubre de 2020 VISTO: El Memorando N° 605-2020-MINAGRI-INIA- GG/OA-N°034-UC de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 0923-2020-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0202-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, dicho dispositivo legal prescribe que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando además que, la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369- 2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión, que las entidades públicas sujetas al Sistema Nacional de Control, deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de la sociedad de auditoría, que previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2019 y 2020; Que, con O fi cio N° 000450-2020-CG/GAD, recepcionado el 15 de octubre de 2020, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la entidad que, a efectos de ser incluido en el próximo concurso público de méritos para designar una Sociedad de Auditoría que efectúe la auditoría de los periodos 2019 y 2020, requiere que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario, se proceda a efectuar la transferencia fi nanciera por el monto de ciento ocho mil noventa y siete con 00/100 soles (S/ 108 097,00), que corresponde al 100% de retribución económica (incluye IGV) del periodo 2020, señalando 10 días calendario contados desde la recepción del o fi cio como plazo para efectuar la referida transferencia. Adicionalmente, indica que excepcionalmente, y dentro del mismo plazo otorgado, se podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución