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13 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2020 El Peruano / económica y por el otro 50%, se deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, la cual debe efectuarse a más tardar en enero del año 2021; Que, por Memorando N° 605-2020-MINAGRI-INIA- GG/OA-N°034-UC de fecha 19 de octubre de 2020, la Ofi cina de Administración (OA) solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) la aprobación del Certi fi cado Presupuestario N° 3192 por el importe de cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50), así como la previsión presupuestal por el importe de cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50) que corresponde al saldo del periodo a auditar 2020; Que, con Memorando N° 0923-2020-MINAGRI-INIA- GG/OPP-UPRE de fecha 19 de octubre de 2020, la OPP remite el Informe Técnico N° 042-2020-MINAGRI-INIA-GG-OPP/UPRE, a través del cual la Unidad de Presupuesto (UPRE) señala que: “(…) en cumplimiento a lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 modi fi cada por la Ley N° 30742, atendiendo al requerimiento formulado por la CGR y a lo solicitado por la O fi cina de Administración del Pliego 163: INIA, resulta necesario atender la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por el monto de cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50), importe que representa el 50% del costo de la auditoria externa correspondiente al Año Fiscal 2020, incluido el Impuesto General a las Ventas, para el fi nanciamiento de la contratación de las Sociedad de Auditoria que se encarga de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Innovación Agraria (…)”; Que, asimismo, dicho órgano señala que mediante Compromiso de Previsión Presupuestal N° 09-2020, la entidad declara que el gasto presupuestal a ser efectuado en el Año Fiscal 2021 será por un importe total de cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50), por lo tanto, se encuentra provisionada; Que, mediante Informe N° 0202-2020-MINAGRI- INIA-GG/OAJ de fecha 20 de octubre de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que en, consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y, la Unidad de Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50) por la fuente de fi nanciamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la entidad, por el periodo auditado 2020. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Especí fi ca del Gasto 2.4.13.11: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se autoriza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la entidad (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Jefe 1895976-1 DEFENSA Designan Asesor III del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0593-2020-DE/SG Lima, 22 de octubre de 2020CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 del mismo cuerpo legal, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular en la Entidad correspondiente; Que, el literal nn) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE, establece como función del Titular de la Entidad designar y remover a los titulares de cargos de con fi anza del Ministerio; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial N° 488-2017-DE/SG, así como en sus posteriores reordenamientos, el cargo de Asesor III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa (CAP - P N° 009) es considerado como cargo de con fi anza; Que, actualmente se encuentra vacante el cargo antes mencionado, por lo que resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en el mismo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar al señor Gino Mario Martin Rolleri Alvarado en el cargo de Asesor III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 1896180-1