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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2020 El Peruano / de Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo su prorroga si fuera el caso; Que, con Decreto de Alcaldía de Nº 005-2020-A/MDEA de fecha 28 de agosto del 2020 se prorroga el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA hasta el 15 de setiembre del 2020; Que, mediante Informe Nº 462-2020-SGRFT-GREN- MDEA de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, e Informe Nº 181-2020-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas se solicita se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA de fecha 12 de junio del 2020 hasta el 30 de setiembre del 2020; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 196-A-2020-GAJ-MDEA, considerando los informes de las áreas respectivas opina favorablemente para que mediante Decreto de Alcaldía se establezca la prórroga del vencimiento de la Ordenanza Nº 696-MDEA, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la referida Ordenanza; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17º del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su aprobación”; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 696-MDEA de fecha 12 de junio del 2020 que establece incentivos y fl exibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos hasta el 30 de setiembre del 2020. Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas correspondiente, el fi el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Sub Gerencia de Participación Vecinal, en coordinación con la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 1886108-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 083-2020/MDSMP San Martín de Porres, 9 de marzo del 2020EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTOS:El Memorándum Nº 046-2020-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorándum Múltiple Nº 07-2020-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 037-2020-SGSS-GDH/MDSMP, de la Sub Gerencia de Servicios Sociales, Informe Nº 057-2020-SGLP-GSPyGA/MDSMP, de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, Informe Nº 68-2020-SGS-GSC/MDSMP, de la Sub Gerencia de Serenazgo, el Informe Nº 469-2020-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 138, 314-2020-GAJ/MDSP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 641-2020-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado mediante Ley Nº 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece: “Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración”; Que, el Artículo 43º del Texto Único Ordenado T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece en el Inciso 43.1 “Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativo”, asimismo en el Inciso 43.4 establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ello, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante Memorándum Nº 469-2020-SGECD/ MDSMP, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto emite la propuesta del Texto Único de servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; asimismo mediante Informe Nº 314-2020-GAJ/MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación del proyecto del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas de conformidad con lo establecido en numeral 6) del artículo 20º, y los artículos 39º y 43º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, y con los vistos de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER a las diferentes unidades orgánicas de esta Corporación Municipal, el cumplimiento de la presente Resolución de acuerdo a su competencia funcional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, (www.mdsmp.gob.pe). Regístrese, comuniquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1886219-1