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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 16 de diciembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban el cronograma y plan de actividades del “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022” DECRETO DE ALCALDÍA N° 027-2021-ALC/MSI San Isidro, 15 de diciembre del 2021 EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTOS: el Memorando Vía Remota N° 245-2021- 0600-SG/MSI de la Secretaría General; el Memorándum N° 178-2021-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum N° 298-2021-01.1.0-GCIM/MSI de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional; el Memorándum Vía Remota Nº 335 -2021-0130-GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe Vía Remota N° 693-2021-1510-SSBD-GDH/MSI de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes; y, el Informe Vía Remota N° 207-2021-040CM-GAJ/MSI y el Informe Vía Remoto Nº 517-2021-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, indica que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por su parte, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; siendo que de conformidad con el artículo IV del referido Título Preliminar, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con la Norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, señala que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo 42° de la mencionada norma legal prescribe que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 372-MSI y sus modi fi catorias, se aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro, rati fi cado por Acuerdo de Concejo Nº 2438-MML, ambos publicados el 25 de diciembre de 2014, contemplando el procedimiento administrativo 10.1.1, Matrimonio Civil Ordinario; Que, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, mediante Ordenanza Nº 444-MSI, que regula la Plataforma de Servicios en Línea de la Municipalidad de San Isidro, se reguló la forma y condiciones para que los ciudadanos accedan y generen operaciones a través de la Plataforma de Servicios en Línea de esta Corporación Edil; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2017-ALC- MSI, se aprobó el Reglamento de la Plataforma de Servicios en Línea de la Municipalidad de San Isidro, en el que se establece que la plataforma es el módulo informático administrado por la Municipalidad de San Isidro que permite realizar operaciones en forma virtual entre la Municipalidad y los ciudadanos, la cual es accesible a través del portal: www.munisanisidro.gob.pe, las 24 horas del día, todos los días del año; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 003-2021- ALC/MSI, de fecha 28 de enero del 2021, se modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, para la inclusión de la Modalidad No Presencial-Videoconferencia en el procedimiento administrativo 10.1.1, Matrimonio Civil Ordinario; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 007-2021-ALC-MSI, de fecha 19 de febrero de 2021, y Decreto de Alcaldía N° 021-2021-ALC-MSI, de fecha 06 de setiembre de 2021, al amparo del artículo 11° del Reglamento de la Plataforma de Servicios en Línea de la Municipalidad de San Isidro, regulada por la Ordenanza N° 444-MSI, aprobada por el Decreto de Alcaldía N° 010-2017-ALC-MSI y modi fi catorias, se incluyó el procedimiento 13) Matrimonio civil ordinario a la Plataforma de Servicios en Línea de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Ordenanza N° 551-MSI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 02 de diciembre de 2021, se exonera a los contrayentes que se inscriban al “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022” en el distrito de San Isidro, del pago de derecho de tramitación del procedimiento administrativo “Matrimonio Civil Ordinario”, establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado por Ordenanza N° 372-MSI y modi fi catorias; y, del pago de las tarifas municipales por “Certi fi cado Médico Prenupcial” y “Celebración de Ceremonia de Matrimonio Civil”, así como de efectuar la publicación del Edicto Matrimonial en el periódico; Que, asimismo, el artículo quinto de la precitada Ordenanza autoriza al Alcalde para que apruebe mediante decreto de alcaldía el cronograma del “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022” y dicte las disposiciones complementarias de dicha norma; Que, en el contexto expuesto resulta necesario dictar medidas complementarias orientadas a establecer el cronograma y el plan de actividades correspondiente al “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022”, los cuales cuentan con las opiniones técnicas favorables de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Participación Vecinal, y la Secretaría General, según los documentos de vistos; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Vía Remota N° 517-2021-0400-GAJ/MSI; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y a lo señalado en el artículo quinto de la Ordenanza N° 551-MSI; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, el cronograma y plan de actividades del “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022”, el que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la Gerencia de Participación Vecinal, y la Secretaría General el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro (www.munisanisidro.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde