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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (29/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de diciembre de 2021 El Peruano / VISTOS: El O fi cio N° 03930-2021-MINDEF/VRD del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el O fi cio N° 01412-2021-MINDEF/VRD-DGA de la Dirección General de Administración; y, el Informe Legal N° 01479-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que el Ministro de Defensa es la más alta autoridad política del Sector Defensa y administrativa del Ministerio de Defensa; asimismo, el artículo 10 del mismo cuerpo legal establece que puede delegar o desconcentrar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función y ejercer las demás funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar las contrataciones de bienes, servicios y obras; asimismo, conforme a lo dispuesto en el numeral 8.2 de su artículo 8, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada norma; Que, el numeral 42.3 del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, dispone que el órgano encargado de las contrataciones es el responsable de remitir el expediente de contratación al funcionario competente para su aprobación, en forma previa a la convocatoria, de acuerdo a sus normas de organización interna; Que, la Directiva N° 004-2019-OSCE/CD, “Disposiciones sobre el contenido del resumen ejecutivo de las actuaciones preparatorias”, aprobada por Resolución N° 016-2019-OSCE/PRE, modi fi cada por Resoluciones N° 099-2019-OSCE/PRE y N° 080-2020-OSCE/PRE, establece en el numeral 6.3 que: “El Titular de la Entidad o el funcionario a quien se le haya delegado la facultad de aprobación del expediente de contratación, deberá verifi car en forma previa, que el Resumen Ejecutivo haya sido elaborado conforme a lo dispuesto en la presente Directiva y los formatos que forman parte de ella.”; Que, por medio de la Resolución Ministerial N° 019- 2021-DE, se delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Defensa, durante el Año Fiscal 2021; entre las cuales, se delegó en el literal b), numeral 4.2 del artículo 4, la facultad de aprobar expedientes de contratación para la realización del procedimiento de selección correspondiente a la Subasta Inversa Electrónica, así como aquellos que se realicen a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, al/ a la Director/a General de Administración; Que, mediante el O fi cio N° 01412-2021-MINDEF/VRD- DGA, la Dirección General de Administración mani fi esta que resulta necesario ampliar las facultades otorgadas para la aprobación de expedientes de contratación, lo cual permitirá facilitar los trámites administrativos para la ejecución de las contrataciones bajo el alcance de la normativa en contrataciones del Estado; Que, a través del Informe Legal N° 01479-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, se mani fi esta que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que modi fi ca el literal b) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 019-2021-DE, a fi n de ampliar la delegación de facultad de aprobación de expedientes de contratación al/a la Directora/a General de Administración, al no constituir una función privativa del Ministro de Defensa, de acuerdo con el marco normativo vigente;Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; de la Dirección General de Administración; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el literal b) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 019-2021-DE, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 4.- Delegar en el (la) Director (a) General de Administración, las siguientes facultades, respecto a la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Defensa: 4.2 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (…) b) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección correspondientes a Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Simpli fi cadas, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Contrataciones Directas y Subasta Inversa Electrónica, así como aquellos que se realicen a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, conforme a la normatividad de contrataciones del Estado. (…).” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro de Defensa 2025871-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aceptan renuncia de Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2021-MIDAGRI Lima, 28 de diciembre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 007-2020-MIDAGRI, se designó al señor José Alberto Muro Ventura, en el cargo de Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;