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412 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / producción de coca, bajo el sistema SIMCI, traspasando su metodología de trabajo al Estado Peruano, un estudio sobre la productividad de las hojas de coca y otro sobre los factores de conversión. Las metas e indicadores se aplicarán durante la totalidad de la duración de la acción. Sin embargo, en circunstancias debidamente justi fi cadas, un pedido de modi fi cación de las metas e indicadores podrá ser presentado por la APCI, a requerimiento de DEVIDA, en coordinación con MININTER, a la Comisión. Las modi fi caciones acordadas podrán ser autorizadas mediante intercambio de notas entre las dos partes. 2.5 Seguimiento del avance e informes La supervisión técnica y fi nanciera cotidiana de la aplicación de esta medida será un proceso continuo y formará parte de las responsabilidades de los implementadores de las acciones (Consorcio, ATI, UNODC). A tal fi n, los implementadores establecerán sistemas de monitoreo y seguimientos internos, técnicos y fi nancieros de la acción y elaborarán informes periódicos sobre el avance de las acciones (no menos que anuales) e informes fi nales. En cada informe se dará cuenta exacta de la ejecución de la acción, las di fi cultades encontradas, los cambios introducidos, así como el grado de consecución de sus resultados (productos y resultados directos) medidos por los indicadores correspondientes, utilizando como referencia la matriz del marco lógico. La Comisión podrá llevar a cabo visitas de seguimiento adicional del proyecto, tanto a través de su propio personal que a través de consultores independientes contratados directamente por la Comisión para evaluaciones de monitoreo independientes (o por el agente responsable reclutado por la Comisión para la aplicación de dichas evaluaciones). A fi nales de 2019, MININTER y DEVIDA propusieron un nuevo marco lógico aprobado por el comité de dirección del proyecto, que ya se ha reunido 3 veces en 2019. La apropiación del proyecto por parte de las autoridades locales es muy fuerte y el seguimiento se realiza día a día gracias a la muy buena conexión con los socios. 2.6 Evaluación Teniendo en cuenta la importancia de la acción, se llevarán a cabo evaluaciones intermedias y fi nales de esta acción o de sus componentes por medio de consultores independientes contratados por la Comisión. Se llevarán a cabo con fi nes de rendición de cuentas y aprendizaje, en particular con respecto a las perspectivas en cuanto a la mejora de la articulación interinstitucional, y la pertinencia y los efectos de la capacitación impartida. La Comisión informará al Coordinador o Coordinadora del proyecto y al contratista, al menos dos meses antes de las fechas previstas para las misiones de evaluación. El contratista deberá colaborar e fi cientemente con los expertos en evaluación y, entre otras cosas, les proporcionará toda la información necesaria y la documentación, así como acceso a los locales y las actividades del proyecto. Los informes de evaluación serán compartidos con el país socio y otros actores interesados. El contratista y la Comisión Europea analizarán las conclusiones y recomendaciones de las evaluaciones y, en su caso, de acuerdo con el país socio, decidirán conjuntamente sobre el seguimiento de las acciones a ser tomadas y las adaptaciones necesarias, incluida, cuando sea indicado, la reorientación del proyecto. A título de ejemplo, dos contratos de servicios para evaluaciones podrán celebrarse a través de un contrato marco en el primer trimestre de 2021. 2.7 Auditoría Sin perjuicio de las obligaciones aplicables a los contratos celebrados para la ejecución de esta acción, la Comisión podrá, sobre la base de una evaluación de riesgo, contratar auditorías independientes o de verifi cación de gastos para uno o varios contratos o acuerdos. A título orientativo, un contrato para servicios de auditoría podrá ser celebrado a través de un contrato marco en 2022. 2.8 Comunicación y visibilidad La comunicación y la visibilidad de la UE es una obligación legal para todas las acciones exteriores fi nanciadas por la UE. Esta acción deberá incluir medidas de comunicación y visibilidad que estarán basadas en un plan de comunicación y visibilidad de la acción, que se elaborará al inicio de la ejecución y será compatible con el presupuesto indicado en la sección anterior. Con el fi n de aumentar la visibilidad de la UE y su contribución a esta acción, la Comisión podrá fi rmar o suscribir declaraciones conjuntas, en el marco de su prerrogativa de ejecución presupuestaria y para salvaguardar los intereses fi nancieros de la Unión. En términos de obligaciones legales sobre la comunicación y la visibilidad, las actividades podrán ser implementadas por la Comisión, el país socio, un contratista, y/o los bene fi ciarios de las subvenciones. Las obligaciones contractuales adecuadas se incluirán en, el acuerdo de fi nanciación, las adquisiciones y contratos de concesión, y los acuerdos de delegación, respectivamente. El Manual de comunicación y visibilidad de la acción exterior de la Unión Europea será utilizado para establecer el plan de comunicación y visibilidad de la acción y las correspondientes obligaciones contractuales. Se ha fi rmado un contrato de comunicación y visibilidad a nivel de la Delegación para asegurar una comunicación global y coherente entre todas las acciones. En cada contrato de ejecución fi rmado también se han previsto líneas de acción de visibilidad. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR