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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (13/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Sábado 13 de febrero de 2021 / El Peruano Asimismo, el numeral 40.3 del artículo 40 de la referida norma, establece que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos, ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal. Siendo así que, los Procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el TUPA vigente de la Municipalidad Provincial de Huaral, fueron aprobados mediante Ordenanza Nº 002-2018-MPH y modi fi cados por Ordenanza Nº 013-2019-MPH-CM. Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario ofi cial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, con fecha 10 de mayo de 2020, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Decreto Legislativo Nº 1497 que establece Medidas Para Promover y Facilitar Condiciones Regulatorias que Contribuyan a Reducir el Impacto en la Economía Peruana por la Emergencia Sanitaria Producida por el COVID-19, el cual dispone modi fi caciones a la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, creándose el procedimiento de “Cambio de giro”. Que, con fecha 05 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 30877 - Ley General de Bodegueros, cuyo artículo 6º crea el procedimiento de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, reglamentado a través del Decreto Supremo Nº 010-2020-PRODUCE, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 14 de mayo de 2020; De igual manera, con fecha 19 de diciembre de 2020, se publicó en el diario o fi cial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, en el cual se incluyen los procedimientos “Licencia de Funcionamiento Para Cambio de giro” y “Licencia Provisional de Funcionamiento Para Bodegas”; Que, en este contexto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización con Informe Nº 014-2021-MPH/GPPR de fecha 13 de enero de 2021, remite el Proyecto de “Ordenanza que Aprueba los procedimientos administrativos de “Licencia de Funcionamiento para cambio de giro” y “Licencia de Provisional de Funcionamiento para bodegas” y dispone su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huaral”. Asimismo, mediante Informe Legal Nº 008-2021-MPH-GAJ de fecha 15 de enero de 2021 e Informe Nº 009-2021-MPH-GM de fecha 15 de enero de 2021 la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal respectivamente, emiten opinión favorable. Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º, numeral 8) y en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE “LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CAMBIO DE GIRO” Y “LICENCIA PROVISIONAL DE FUNCIONAMIENTO PARA BODEGAS” Y DISPONE SU INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos Apruébese los procedimientos administrativos “Licencia de Funcionamiento para cambio de giro” y “Licencia Provisional de Funcionamiento para bodegas”, así como sus correspondientes requisitos, conforme se detalla en el Anexo de la presente Ordenanza, que forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- Inclusión de los procedimientos administrativos aprobados en el TUPA. Dispóngase la inclusión de los procedimientos contenidos en el Anexo de la presente Ordenanza, en el TUPA vigente de la Municipalidad Provincial de Huaral. Artículo Tercero.- Publicidad de la Ordenanza y Anexo La presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos administrativos aprobados, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe) Artículo Cuarto.- Vigencia La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y la publicación en los portales electrónicos mencionados en el artículo precedente. Artículo Quinto.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME URIBE OCHOA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1927004-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES