TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Martes 20 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 2. El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 409-2021/MDCH, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como también, se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad Distrital adecuarse a los cambios normativos que se produzcan posteriormente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chorrillos así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza rati fi cada y en la normativa vigente. Dicha responsabilidad implica adoptar las medidas necesarias a efectos que, en relación de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. La publicación se deberá realizar, sin perjuicio que la Municipalidad deje sin efecto en forma expresa los derechos de trámite correspondientes a los procedimientos administrativos incluidos en la Ordenanza y Anexo TUPA, cuyos derechos de trámite no cuentan con pronunciamiento favorable, por lo que no se encuentran incluidos en el Anexo A del Informe Nº D000047-2021-SAT-ART de fecha 09 de junio de 2021. Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente Acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT. Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1967743-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Encargar a Auxiliares Coactivos de la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres, a la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecución Coactiva de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria de la Municipalidad de La Victoria, para cumplir funciones afines de auxiliares coactivos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 258-2021/MLV La Victoria, 13 de julio de 2021.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA;VISTOS: el Informe Nº742-2021-SGGRH/ MLV de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum Múltiple Nº 1-2021-SGFC/MLV de la Subgerencia de Fiscalización y Control y el Informe Nº 218-2021-SGROCRYEC/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente Recaudación y Ejecución Coactiva; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el articulo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomía que la Constitución establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 2704, Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de con fi anza, señala que el ejecutor y auxiliar coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactivo, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley; Que, artículo 76º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, señala que las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la carrera administrativa son: designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; asimismo, el artículo 82º señala que el encargo es temporal excepcional y fundamento solo se procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con los niveles de carrera superiores al del servidor en ningún caso debe exceder el período presupuestal; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, a través del Informe Nº 274-2012-SERVIR/GG-OAJ se ha pronunciado señalando que no existe impedimento para encargar temporalmente, en este caso la encargatura procede siempre que este haya ingresado por concurso público de méritos y reúna los requisitos que la ley exige para el puesto de auxiliar y se cumpla con las demás condiciones propias del encargo; Que, el procedimiento administrativo sancionador es autónomo de acuerdo a los dispositivos legales y principios emitidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR- y garantiza que la actuación de la administración se lleve a cabo de una manera ordenada y orientada a la consecución de un fi n y respetando todas las garantías que permita alcanzar decisiones justas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 104-2021/ MLV se designó a Kevin Alexis Pérez Álvarez y Diana Vega Palomino como Auxiliares Coactivos de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres de la Municipalidad de La Victoria; Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 205- 2021/MLV se designó a Joland Pérez Ríos como Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Registro y Orientación al Contribuyente y Ejecución Coactiva; asimismo el 28 de mayo de 2021, renuncia al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, mediante el Memorándum Nº 218-2021-SGROCRYEC/MLV la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente Recaudación y Ejecución Coactiva comunica que debido a la renuncia presentada por Joland Pérez Ríos al cargo de Auxiliar Coactivo solicita se disponga la rotación de Kevin Alexis Pérez Álvarez y Diana Vega Palomino quienes vienen ejerciendo funciones de Auxiliares Coactivos en la Gerencia de Seguridad, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres, a fi n que las prestaciones de servicios las brinden en la Subgerencia de Registro,