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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2021 (20/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Martes 20 de julio de 2021 El Peruano / PERTUR APURÍMAC 2019 - 2025, como instrumento de plani fi cación y gestión, que establece los lineamientos para el desarrollo de la actividad turística, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DELÉGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Apurímac, para que en coordinación con la Comisión Multidisciplinaria, Comité de Seguimiento y Evaluación del PERTUR APURÍMAC 2019 - 2025, instancias administrativas competentes del Gobierno Regional de Apurímac, Gobiernos Locales y sector privado, procedan a su implementación en sus contenidos, diseño de la estrategia del Sector Turismo de la Región Apurímac, que contempla los temas y objetivos estratégicos, los planes de acción, así como los programas, proyectos y actividades. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo Regional, la asignación presupuestal para la ejecución de programas, proyectos y actividades, según disponibilidad presupuestal, así como la asignación de mayores recursos fi nancieros gestionados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, y otras fuentes de cooperación interna y externa. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de Apurímac, y conforme dispone el Artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. WILFREDO PAREJA AYERVE Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Ciudad de Abancay, Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. BALTAZAR LANTARON NUÑEZ Gobernador Regional 1973417-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican doscientos tres (203) derechos de trámite correspondientes a doscientos (200) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, aprobados en la Ordenanza N° 409-2021/MDCH por la Municipalidad Distrital de Chorrillos ACUERDO DE CONCEJO Nº 218 Lima, 25 de junio de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:El O fi cio Nº D000123-2021-SAT-JEF de fecha 10 de junio de 2021 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza Nº 409-2021/ MDCH, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Chorrillos aprobó la Ordenanza Nº 409-2021/MDCH, objeto de la rati fi cación, remitiendo la misma acompañada del expediente de ratifi cación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes y el SAT en uso de sus competencias; Que, a través del Informe Nº D000047-2021-SAT- ART de fecha 9 de junio de 2021, el Área Funcional de Ratifi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto de doscientos tres (203) derechos de trámite relacionados a doscientos (200) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del presente Informe, aprobados en la Ordenanza Nº 409-2021/MDCH por la Municipalidad Distrital de Chorrillos; luego de haberse veri fi cado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la Municipalidad en la prestación del servicio; Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la ordenanza distrital y el acuerdo rati fi catorio que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la rati fi cación, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano y se difundirá en la Plataforma