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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 18 de noviembre de 2021 El Peruano / emitir la Resolución Ministerial correspondiente, la misma que será publicada en el diario o fi cial El Peruano; así como en el portal electrónico del respectivo Sector en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a partir de la fecha de su expedición; Que, el artículo 17 del citado Reglamento establece que los efectos de la aprobación de las solicitudes presentadas sobre la modi fi cación de la Resolución Ministerial se retrotraen a la fecha de presentación de la solicitud, debiendo quedar constancia en la Resolución Ministerial respectiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI de fecha 29 de enero de 2021, se aprobó como empresa cali fi cada, para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 a la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Proyecto Plantación de Arándanos Lote A en Moquegua” estableciendo los requisitos y características del Contrato de Inversión y aprobando los Anexos que contienen la Lista de bienes de capital y bienes intermedios, lista de servicios y contratos de construcción; así como, el Cronograma de Ejecución de Inversiones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 022-2021-MIDAGRI, el monto del compromiso de inversión a cargo de la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Proyecto Plantación de Arándanos Lote A en Moquegua”, asciende a la suma de US$ 3 486 981 (Tres millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos ochenta y uno y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), monto que será ejecutado en un plazo de un (01) año, tres (03) meses y trece (13) días, contados a partir del 13 de diciembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV, hasta el 26 de marzo de 2021; Que, mediante Carta Nº 011-2021-GG/CAMSAC de fecha 24 de marzo de 2021, la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C., solicitó a PROINVERSIÓN la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 0022-2021-MIDAGRI, respecto al plazo de ejecución del Cronograma de Inversiones, la inclusión de bienes e inclusión de contratos de construcción, en las listas de bienes intermedios y bienes de capital, servicios y contratos de construcción; contenidos en los Anexos I, II y III respectivamente, que forma parte de la referida Resolución Ministerial; Que, mediante O fi cio Nº 00405-2021/PROINVERSION/ DSI la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN mani fi esta que la solicitud presentada por la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C. ha sido considerada admisible y procedente, para lo cual adjunta los siguientes informes técnico y legal que lo sustentan: i) Informe Técnico Legal Nº 00014-2021/DSI a través del cual declara admisible la solicitud presentada por dicha empresa; ii) Informe Técnico Nº 00040-2021-DSI y iii) Informe Legal Nº 055-2021/DSI, los cuales consideran que cumple con los supuestos establecidos en el numeral 15.1 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973; Que, conforme al literal l) del artículo 90 del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología emitir opinión respecto a las solicitudes de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, en el marco de sus competencias; Que, mediante Informe Técnico N° 0003-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MECG, de fecha 30 de setiembre de 2021, la Dirección General Desarrollo Agrícola y Agroecología emite opinión favorable respecto a la aprobación de la solicitud presentada por la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C.; asimismo, aprueba la lista de Bienes de Capital y Bienes Intermedios, lista de Contratos de Construcción y el Cronograma de Inversiones, por el proyecto denominado “Plantación de Arándanos Lote A en Moquegua”: Que, en mérito a lo establecido en el marco normativo antes señalado y la propuesta formulada por la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, resulta necesario modi fi car los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI; Con las visaciones de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF y, sus modi fi catorias; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI Modi fi car el artículo 2 y el segundo párrafo del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI de fecha 29 de enero de 2021, el mismo que queda redactado en los términos siguientes: “Artículo 2.- Monto y plazo del compromiso de inversión Establecer que el monto y plazo de ejecución del compromiso de inversión a cargo de la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C., asciende a la suma de US$ 3 825 741,00 (Tres millones ochocientos veinticinco mil setecientos cuarenta y uno con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), monto que será ejecutado en un plazo total de tres (03) años y dieciocho (18) días, contado a partir del 13 de diciembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, hasta el 31 de diciembre de 2022. Artículo 3.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas. 3.1 (…) Para determinar el bene fi cio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 13 de diciembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2022 o la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se re fi ere el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 973. 3.2 (…)” Artículo 2.- Inclusión de bienes y contratos de construcción. 2.1 Aprobar la inclusión de tres (3) bienes a la lista de bienes de capital y bienes intermedios aprobada a la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C. La nueva lista de bienes se adjunta en el Anexo I de la presente Resolución Ministerial y remplaza el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI. 2.2 Aprobar la inclusión de dos (2) contratos de construcción a la lista de contratos de construcción aprobada a la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C., la nueva lista de contratos de construcción se adjunta en el Anexo II de la presente Resolución Ministerial y remplaza el Anexo II de la Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI. Artículo 3.- Modi fi cación del Cronograma Aprobar el Cronograma de Inversiones que se adjunta en el Anexo III de la presente Resolución Ministerial, la cual remplaza el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 0022-2021-MIDAGRI. Artículo 4.- Efectos de la modi fi cación Establecer que los efectos de la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 0022-2021-MIDAGRI se retrotraen al 24 de marzo de 2021, fecha en la cual la empresa Consorcio Agrícola Moquegua S.A.C. presentó la solicitud de modi fi cación de la referida Resolución Ministerial.