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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (14/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 14 de octubre de 2021 El Peruano / ÍTEMCENTRO POBLADODISTRITO PROVINCIADEPARTA- MENTO 9 Anco La Mar10 Ayna 11 Chungui 12 Santa Rosa 13 Samugari 14 Anchihuay 15 Río Magdalena16 Unión Progreso17 Huachocolpa Tayacaja Huancavelica18 Surcubamba 19 Tintaypuncu 20 Roble 21 Andaymarca 22 Colcabamba 23 Cochabamba24 Chinchihuasi Churcampa 25 Pachamarca 26 San Pedro de Coris 27 Kimbiri La ConvenciónCusco28 Pichari 29 Villa Kintiarina 30 Villa Virgen 31 Echarate32 Megantoni33 Kumpirushiato34 Cielo Punco35 Manitea36 Unión Ashaninka37 Yuveni Vilcabamba (*)38 Mazamari Satipo Junín39 Pangoa 40 Vizcatán del Ene 41 Río Tambo 42 Andamarca Concepción 43 Santo Domingo de AcobambaHuancayo 44 Pariahuanca TOTAL 1 43 8 4 (*) En el departamento del Cusco, provincia de La Convención del distrito de Vilcabamba, solo se prorroga el Estado de Emergencia en el Centro Poblado Yuveni. 2001173-1 Modifican la R.M. N° 072-2021-PCM, que conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Consejo Supervisor de Comercialización de la Hoja de Coca” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 239-2021-PCM Lima, 13 de octubre de 2021 VISTOS: El Memorando N° D000806-2021-PCM-DVGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial; la Nota de Elevación Nº D000221-2021-PCM-SGSD y el Informe Nº D000037-2021-PCM-SSGD-JOP de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo; y, el Memorando Nº 001017-2021-PCM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 072-2021- PCM, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Consejo Supervisor de Comercialización de la Hoja de Coca”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la fi nalidad de atender la problemática referida a la comercialización de la hoja de coca y elaborar propuestas para la mejora institucional de la Empresa Nacional de la Coca – ENACO S.A., en el departamento de Cusco; Que, el artículo 10 de la citada Resolución Ministerial N° 072-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 129-2021-PCM y N° 147-2021-PCM, establece que el referido Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 14 de octubre de 2021; Que, mediante Memorando N° D000806-2021-PCM- DVGT, el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial remite el Informe N° D000037-2021-PCM-SSGD-JOP de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, en el cual se sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 072-2021-PCM, a fi n de ampliar el plazo de vigencia del referido Grupo de Trabajo, para que se continúen con las coordinaciones y la articulación intersectorial e intergubernamental necesarias para el cumplimiento de su objeto; Con el visado del Viceministerio de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 072-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 129-2021-PCM y N° 147-2021-PCM Modifícase el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 072-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 129-2021-PCM y N° 147-2021-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Período de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 14 de noviembre de 2021. Al té rmino del plazo de vigencia, el/ la Presidente/a del referido Grupo de Trabajo presenta el Informe Final ante la Presidencia del Consejo de Ministros.” Artículo 2. - Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN Presidenta del Consejo de Ministros 2001162-1 Prorrogan el plazo de la Declaratoria de Fortalecimiento Organizacional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 014-2021-PCM/SGP Lima, 5 de octubre de 2021