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23 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de abril de 2022 El Peruano / Que, el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional es el espacio de diálogo político al más alto nivel, constituyéndose en el escenario ideal en el cual los sectores peruanos y ecuatorianos acuerdan compromisos concretos que bene fi ciarán a las poblaciones de ambos países, especialmente de los pueblos de las zonas fronterizas; Que, en el marco del desarrollo de dichos eventos se ha previsto una reunión preparatoria de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana, el 27 de abril de 2022, en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Asimismo, se ha previsto una reunión preparatoria del Encuentro Presidencial y XIV Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador, el 28 de abril de 2022, en la ciudad de Loja, República del Ecuador; Que resulta necesario que el Viceministro de Relaciones Exteriores y el Director de América del Sur viajen a las ciudades de Quito y Loja, República del Ecuador, las fechas previstas en el párrafo anterior, a fi n de preparar y participar en el Encuentro Presidencial y XIV Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú – Ecuador; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores, luego de participar en la Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífico, autorizado mediante Resolución Ministerial N° 0207-2022-RE, de 9 de abril de 2022, se desplazará de la ciudad de Bogotá, República de Colombia a la ciudad de Quito, República del Ecuador el 26 de abril de 2022; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los siguientes funcionarios a las ciudades de Quito y Loja, República del Ecuador, del 26 de abril al 30 de abril de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Viceministro de Relaciones Exteriores; y, Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Eduardo Zeballos Valle, Director de América del Sur de la Dirección General de América. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas 0083906 Conducción y asesoramiento de líneas de política exterior e institucional; y, 0137175 Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior; y, Códigos POI: AOI00004500014, Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial; y, AOI00004500234, Fortalecimiento de las relaciones para la Integración y la Cooperación con los países de Sudamérica, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDPrueba descarte Covid-19 S/Viáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Luis Enrique Chávez Basagoitia631.43 200.00 370.00 3+1 1,480.00 José Eduardo Zeballos Valle1046.84 200.00 370.00 3+1 1,480.00Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se ha adicionado un día (1) de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2058737-2 SALUD Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital de Emergencias Pediátricas RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 070-2022/MINSA Lima, 18 de abril del 2022Visto, el Expediente Nº 22-048623-001 que contiene el Memorándum Nº 799-2022-OGGRH- OARH-EPP/MINSA de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, el O fi cio Nº 000176-2022-SERVIR-PE que remite el Informe Técnico Nº 030-2022-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y el Informe Nº 384-2022- OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; mientras que el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo por el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), en cuyo literal b) del numeral 5.1 de fi ne al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades