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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (20/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de abril de 2022 El Peruano / GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 194 215,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 90 000,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 88 623,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 153 000,00 ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 178 967,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 180 000,00 ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo del Ciclo Intermedio de La Educación Básica Alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 20 667,002.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 42 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 442 915,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliego, se detallan en el Anexo 1 “Transferencia para fi nanciar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados”, en el Anexo 2 “Transferencia para fi nanciar el pago del Subsidio por Luto y Sepelio de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados”, en el Anexo 3 “Transferencia para fi nanciar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados” y en el Anexo 4 “Transferencia para fi nanciar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados”, respectivamente; que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2059196-2 EDUCACION Designan Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2022-MINEDU Lima, 19 de abril de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN MIGUEL MALPARTIDA ROBLES en el cargo de Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2059193-1 Aprueban documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento” y establecen disposición excepcional para el Comité de Reasignación en el año 2022 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 042-2022-MINEDU Lima, 19 de abril de 2022