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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (20/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de abril de 2022 El Peruano / Derogan la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2022-PCM/SGSD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 007-2022-PCM/SGSD Lima , 12 de abril de 2022 VISTOS:El Informe Nº D00003-2022-PCM-SSGD-PCC y la Nota de Elevación Nº D000183-2022-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, asimismo, el literal h) del artículo 94 del citado Texto Integrado, establece como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerde en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda; Que, con fecha 7 de marzo del 2022, mediante Resolución de la Secretaría de Gestión Social y del Diálogo Nº 003-2022-PCM-SGSD, se creó el grupo de trabajo de naturaleza temporal “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal para proponer acciones que permita atender las principales demandas de las Comunidades Campesinas Sayhua, Tahuay, Ccapacmarca y Huascabamba vinculadas al Corredor Vial Sur en el distrito de Ccapacmarca, provincia de Chumbivilcas, del departamento de Cusco”, en adelante “Grupo de Trabajo Ccapacmarca, con el objeto de implementar los acuerdos arribados el 13 de febrero del 2022 entre el Poder Ejecutivo, Empresa Minera Las Bambas y las comunidades campesinas de Sayhua, Tahuay, Ccapacmarca y Huascabamba vinculadas al Corredor Vial Sur en el distrito de Ccapacmarca, de la provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco. Que, la Resolución referida en el párrafo precedente debió instalarse a los quince día calendarios de emitida dicha norma, que por el contrario, acorde a los reportes de reunión de fecha 23 y 28 de marzo del 2022, las Comunidades Campesinas Sayhua, Tahuay, Ccapacmarca y Huascabamba del distrito de Ccapacmarca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco, al que va dirigida la acción de la norma, expresaron su disconformidad con esta resolución y solicitan a la Presidencia del Consejo de Ministros la emisión de una norma de mayor jerarquía, como es una Resolución Ministerial, así como se recoja en sus considerandos los acuerdos considerados en la reunión de estas comunidades con el Presidente del Consejo de Ministros. En ese mismo sentido, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Ccapacmarca hace el mismo pedido, trasladando lo solicitado por las comunidades ante la PCM, y la documentación y contexto expuesto en el Informe Nº D00003-2022-PCM-SSGD-PCC. De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogatoria de Resolución Derogar la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2022-PCM/SGSD, de fecha 7 de marzo de 2022, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ALBERTO MURO VENTURA Secretario de Gestión Social y Diálogo 2058972-1 AMBIENTE Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2022-MINAM Lima, 19 de abril de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30224 se crea el Sistema Nacional para la Calidad (SNC) y el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), el mismo que, de conformidad con el artículo 9 de la referida norma, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; asimismo, se constituye en el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del SNC, responsable de su funcionamiento en el marco de lo establecido en la señalada Ley; Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la citada Ley, modi fi cado por la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, establece que el Consejo Directivo del INACAL está integrado por nueve (9) miembros, entre ellos, un representante del Ministerio del Ambiente; Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la mencionada Ley, señala que los representantes del Sector Público que integran el Consejo Directivo del INACAL son designados mediante resolución suprema refrendada por el Titular del Sector correspondiente, por un periodo de cuatro (4) años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, el artículo 7 de la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, establece los requisitos para ser miembro de su Consejo Directivo; Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2020-MINAM se designó al señor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez-Moreno, en su calidad Viceministerio de Gestión Ambiental, como miembro del Consejo Directivo del INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente; Que, a través de la Resolución Suprema N° 001-2022-MINAM, se aceptó la renuncia del señor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez-Moreno al cargo de Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente; Que, asimismo, el señor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez-Moreno ha presentado su renuncia a la designación como miembro del Consejo Directivo del