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6 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de agosto de 2022 El Peruano / Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de julio de 2022 a las Municipalidades Distritales, los Gobiernos Regionales, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O ficina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de julio de 2022, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: ENTIDADESMONTO A DISTRIBUIR US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES 2,596,750.53 4,943,779.45INGEMMET 650,959.97 1,232,558.11MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS162,739.99 308,139.53 GOBIERNOS REGIONALES 65,839.65 107,228.84 TOTAL 3,476,290.14 6,591,705.93 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una finalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O ficina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” así como en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese.HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo (e) ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi ficado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de julio de 2022 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/CHACHAPOYASCHACHAPOYAS 0.00 135.94DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ CHUQUIBAMBA 0.00 576.88 LEVANTO 0.00 135.93 AMAZONAS/LUYA COLCAMAR 0.00 135.93 MARIA 0.00 112.50TINGO 0.00 112.50 AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA CHIRIMOTO 0.00 12.50OMIA 0.00 50.00 SAN NICOLAS 0.00 338.87 ANCASH/AIJA AIJA 0.00 2,661.02 CORIS 0.00 1,248.32HUACLLAN 0.00 798.32 LA MERCED 0.00 1,810.82 SUCCHA 0.00 150.00 ANCASH/ANTONIO RAYMONDI CHACCHO 0.00 125.00 LLAMELLIN 0.00 2,375.00MIRGAS 0.00 125.00 SAN JUAN DE RONTOY 0.00 225.00 ANCASH/ASUNCION CHACAS 0.00 88.98 ANCASH/BOLOGNESI ANTONIO RAYMONDI 0.00 450.00 CAJACAY 0.00 450.00 CHIQUIAN 0.00 1,350.00COLQUIOC 0.00 112.50 HUALLANCA 2,814.45 3,614.29 HUAYLLACAYAN 0.00 10,012.50TICLLOS 0.00 1,350.00 ANCASH/CARHUAZ ACOPAMPA 0.00 112.50 AMASHCA 0.00 225.00 ATAQUERO 967.50 524.03CARHUAZ 967.50 394.82 MARCARA 0.00 450.00 PARIAHUANCA 0.00 112.50SHILLA 0.00 112.50TINCO 0.00 115.87 YUNGAR 0.00 1,218.26 ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN LUIS 322.50 99.25 YAUYA 1,935.00 412.50 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 65,790.00 10,147.23