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7 NORMAS LEGALES Domingo 11 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, luego de la jura de independencia en Lima, el 28 de julio de 1821, y establecido el Protectorado, el 13 de octubre de dicho año, el gobierno le otorgó a Juana Mazo su carta de libertad, por sus servicios prestados en el Hospital del Ejercito, carta que llevaba tanto la fi rma de Don José de San Martín, como de su ministro Bernardo Monteagudo; Que, la Hacienda Caucato y demás propiedades de Fernando del Mazo fueron con fi scadas y adjudicadas a los o fi ciales y colaboradores del ejército libertador; sin embargo, la familia Mazo no dejó de pugnar por recuperar su estatus, siendo que en mayo de 1825 el Congreso determinó devolver la hacienda y bienes a esta familia. En dicho contexto, Juana Mazo denuncia ese mismo año ante el Juzgado de Derecho de Nicolás Mosquera, que Mercedes Molina, esposa de Fernando del Mazo, había estado molestándola para regresarla a la Hacienda Caucato como esclava; asimismo, al no encontrarse su carta de libertad en el registro notarial, Juana Mazo tramitó la petición de protocolización; Que, el expediente de protocolización forma parte del Protocolo Notarial del Siglo XIX, con foliación a tinta del 555 al 559, que pertenece a Gaspar de Salas, Escribano Público y de Marina, fi rmado en Lima en 1825; y contiene la información sobre la necesidad que mani fi esta Juana Mazo, del reconocimiento de su carta de libertad ante el gobierno, así como de una orden judicial, para detener las ambiciones de Mercedes Molina quien no reconocía su nueva condición legal y argumentando ser su dueña pretendía destinarla como esclava a la Hacienda Caucato; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente declarar como Patrimonio Cultural de la Nación el expediente de Protocolización de la solicitud de Juana Mazo para que se le dé testimonio de su Carta de Libertad dada por el Gobierno en 1821, y de la causa contra Mercedes Molina, hacendada, quien pretendía seguir esclavizándola; en tal sentido, los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones del Archivo General de la Nación, la Dirección General de Museos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación el expediente de Protocolización de la solicitud de Juana Mazo para que se le dé testimonio de su Carta de Libertad dada por el Gobierno en 1821, y de la causa contra Mercedes Molina, hacendada, quien pretendía seguir esclavizándola; que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución al Archivo General de la Nación, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2132320-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión en VHF en la localidad de Ancash; y en la banda FM, en localidades de Piura, Madre de Dios, Huánuco, Ancash, Puno, Amazonas, Moquegua y Puno; serán otorgadas mediante Concurso Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2687-2022-MTC/28 Lima, 24 de noviembre de 2022CONSIDERANDO:Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el numeral 40.1 del artículo 40 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidades serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Informe Nº 3807-2022-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión da cuenta que en las bandas y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión por televisiónVHF Olleros Ancash 2 1 Radiodifusión sonoraFMLobitos Piura 3 2 Salvación (Manu)Madre de Dios 3 2 Jesus Huánuco 3 2 Huachis Ancash 4 3Asillo Puno 2 1Cuispes-Pedro Ruiz Gallo-San Carlos-ShipasbambaAmazonas 2 1 Ubinas Moquegua 2 1 Macusani Puno 3 2 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección de Servicios de Radiodifusión; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las bandas y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público: