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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 25 de diciembre de 2022 El Peruano / ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT - AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO”. NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESINMOBILIARIA FENIX S.A.C.CÓDIGO: E05-04B ÁREA AFECTADA: 355.38 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble S/. 2,400,746.73LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA FRENTE : Colinda con Av. Elmer Faucett, mediante dos líneas rectas de tramo “C-D” y “D-E”, de 20.35m. y 19.07m.DERECHA: Colinda con Calle Cloro con línea recta de tramo, “B-C”, de 11.05 m.IZQUIERDA: Colinda con el área remanente del predio, mediante línea recta del tramo, “A-E”, de 8.35 m.FONDO: Colinda con el área remanente del Predio, mediante una línea recta de tramo “A-B”.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 NORTE (Y) ESTE (X) A A-B 40.12 271025.4309 8669626.2800 B B-C 11.05 271045.1329 8669591.3319 C C-D 20.35 271035.1055 8669586.6891D D-E 19.07 271027.7059 8669605.6461 E E-A 8.35 271018.1646 8669622.1590 PARTIDA ELECTRÓNICA: Nº 70252288 Perteneciente a la de la O ficina Registral del Callao – Zona Registral Nº IX – Sede Lima.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 27.01.2022 (Informe Técnico Nº 01661-2022-SUNARP-Z.R. N.º IX -SEDE-LIMA/UREG/CAT) por la O ficina Registral Callao – Zona Registral Nº IX – Sede Lima. 2137617-1 ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Modifican veintiún (21) Fichas Técnicas del rubro Equipos, accesorios y suministros médicos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000180-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 23 de diciembre del 2022VISTO:El Informe N° 000187-2022-PERÚ COMPRAS- DES, de fecha 02 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000366-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 19 de diciembre de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado;Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modi fi car o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la veri fi cación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el