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40 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / S/ 3 162,80 (TRES MIL CIENTO SESENTA Y DOS CON 80/100 SOLES) correspondiente al área del inmueble con código MOLLO-0754 y S/ 9 077,50 (NUEVE MIL SETENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES) correspondiente al área del inmueble con código MOLLO-0755, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contengan las Partidas Registrales 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma.3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengas las Partidas Registrales. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario las áreas de los bienes inmuebles expropiados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA – MOLLEPATA – MOLLEBAMBA – SANTIAGO DE CHUCO – EMP. RUTA 10, TRAMO: SANTIAGO DE CHUCO – CACHICADAN – MOLLE PATA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALPASTOR VALVERDE MACEDONIOCODIGO: MOLLO-0755 AREA AFECTADA:1,690.00m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 9 077,50 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: AREA AFECTADA 01• Por el Norte : Colinda con la Carretera Santiago de Chuco - Mollepata, en16.41m. • Por el Sur :Colinda con el area remanente con el predio con UC 20339,en 25.69m. • Por el Este : Colinda con el predio con UC 022402 en 77.82m. • Por el Oeste : Colinda con la Carretera Santiago de Chuco - Mollepata en 111.98mCOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE: AREA AFECTADA 1 VERTICE LADO DISTANCIACOORDENADAS UTM WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 16.41 830063.1818 9098986.2808 2 2-3 15.22 830064.8431 9099002.6071 3 3-4 17.12 830053.8506 9098992.0790 4 4-5 16.64 830041.8690 9098979.85135 5-6 7.14 830031.0170 9098967.23346 6-7 6.08 830026.1205 9098962.03127 7-8 5.26 830021.9542 9098957.60498 8-9 12.07 830018.7053 9098953.4656 9 9-10 3.48 830013.4442 9098942.5976 10 10-11 10.8 830011.6700 9098939.6095 11 11-12 5.61 830006.1543 9098930.3195 12 12-13 4.71 830002.6169 9098925.960413 13-14 4.46 829999.4255 9098922.501014 14-15 3.39 829996.4735 9098919.1618 Partida Registral: N° 04022592 pertene- ciente de la Zona Registral N° V - Sede Truji-llo. O fi cina Registral de Otuzco. Certifi cado De Búsqueda Catastral : Emi- tido con fecha 29.11.2019 (Informe Técnico Nº 11654-2019-ZR-V-ST/OC) por la O fi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. Informe Técnico N° 262-2021-AAM de fecha 12.08.2021 emitido por Veri fi cador Catastral.15 15-16 4.67 829993.9455 9098916.9075 16 16-17 4.46 829998.4886 9098915.845017 17-18 4.46 830002.9400 9098915.513418 18-19 4.46 830007.3914 9098915.846019 19-20 2.23 830011.7442 9098916.835320 20-21 2.19 830013.8509 9098917.568121 21-22 3.22 830015.8658 9098918.4343 22 22-23 3.13 830018.7068 9098919.9476 23 23-24 3.05 830021.3249 9098921.671624 24-25 2.97 830023.7224 9098923.558025 25-26 2.88 830025.9077 9098925.563926 26-27 2.8 830027.8947 9098927.651727 27-28 2.71 830029.7007 9098929.7889 28 28-29 2.63 830031.3450 9098931.9477 29 29-30 2.55 830032.8487 9098934.104830 30-31 2.46 830034.2327 9098936.240731 31-32 4.67 830035.5183 9098938.339032 32-1 50.68 830037.8727 9098942.3704