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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2022 (01/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la Obra: Aeropuerto “Capitán FAP David Abensur Rengifo”, ubicado en la ciudad de Pucallpa, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1417-2021-MTC/01.02 Lima, 30 de diciembre de 2021VISTO: El Memorando N° 6626-2021-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Memorando N° 3472-2021- MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura denominada: Aeropuerto “Capitán FAP David Abensur Rengifo”, ubicado en la ciudad de Pucallpa, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución del Proyecto de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.5 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso de la República a favor del Estado, a iniciativa del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio; Que, del mismo modo, los numerales 4.11 y 4.12 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi nen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del TUO de la Ley establece que para los procesos de Adquisición y Expropiación se considera como Sujeto Pasivo a quien VALOR DE TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO “MAYOR GENERAL FAP ARMANDO REVOREDO IGLESIAS” UBICADO EN EL DISTRITO LOS BAÑOS DEL INCA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE VALOR DE TASACIÓN 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCOOPERATIVA AGRARIA LOS CIPRECES LTDA. DE MODALIDAD USUARIOSCÓDIGO: PM1G-AERCAJAMARCA-PR-090AÁREA AFECTADA: 864.00 m2.AFECTACIÓN: TOTAL, DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con propiedad de terceros, con una línea de un (01) tramo, de 27.00 ml Por el Sur: Colinda con Calle S/N (comprendida en Coop. Agraria Los Cipreces), con una línea de un (01) tramo, de 27.00 ml Por el Este: Colinda con propiedad de terceros, con una línea de un (01) tramo, de 32.00 ml Por el Oeste: Colinda con propiedad de terceros (Parcela 24), con una línea de un (01) tramo, de 32.00 mlCOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA Vértice LadoDistancia mlCoordenadas UTM - WGS84 S/ 298 080,00Este (X) Norte (Y) A A-B 27.00 777054.4855 9209959.5552 B B-C 32.00 777078.5159 9209971.8698 C C-D 27.00 777093.9699 9209943.8484 D D-A 32.00 777069.9412 9209931.5343 Partida Registral: N° 02114766 perteneciente de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. O fi cina Registral Cajamarca. Certifi cado De Búsqueda Catastral : Emitido con fecha 18.10.2018 (Informe Técnico Nº 13489-2018-SUNARP-Z.R.II-UREG/C) por la O fi cina Registral Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. Informe Técnico N° 023-2021-MTC/19.03-SFSS-VC de fe- cha 01.06.2021 emitido por Veri fi cador Catastral. 2027043-1